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Nombre del trámite o servicio: ATENCIÓN A DENUNCIAS CIUDADANAS
Clave: CEPCM/DAED/02
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos
Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (01 777) 100 05 14, 100 05 17, 100 05 18
Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección de Atención de Emergencias y Desastres. Subdirector Operativo Jefe de Departamento de Emergencias Ext. 105, 108
dir.emergenciacepcm@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Cualquier ciudadano ubicado en el Estado de Morelos cuando exista un peligro o riesgo contra su integridad física, contra sus bienes o contra el propio entorno ecológico provocados por fenómenos perturbadores como los Geológicos, Hidrometeoro lógico, Químico-Tecnológico, Sanitario-Ecológico y Socio-Organizativo
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Mediante una llamada Telefónica (777 100-0515 y 100-0517). Otorgando todos los datos necesarios para la pronta atención de la emergencia. Nombre de la persona que hace la llamada, Teléfono, dirección con alguna referencia del lugar y el tipo de denuncia que se está reportando, recursos que requiere, también se puede presentar mediante escrito simple, o mediante correo electrónico proteccion.civil@morelos.gob.mx

Horario de Atención a la ciudadanía Las 24 horas del día y los 365 días del año.
¿Plazo máximo de resolución? La visita de verificación del riesgo se llevará a cabo dentro de las 24 horas siguientes a la presentación de la denuncia
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia 45 días naturales
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Presentación de escrito (oficio de su Denuncia Ciudadana), en los casos en que el interesado opte por presentar la Denuncia por escrito y deberá ser en las oficinas del Instituto Estatal de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Fotos o video en caso de contar con ellas en donde se observe el riesgo por el cual antepone esta denuncia y en algunos casos se puede requerir de información adicional de acuerdo con la demanda ciudadana que se presente.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Cumplir con todos los requisitos que se solicitan en las bases. 1.- Eliminación del riesgo 2.- Medidas dictadas para la eliminación del riesgo 3.- Inicio de Procedimiento Administrativo 4.- Turnar el caso a otras instancias por ser de su competencia 5.- Otras que por su carácter técnico o de emergencia requieran una atención especializada
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 1, 2 fracción I, II, III, VII,VIII, 3 fracción I, III, VIII, XII, XXIII, XXV, XLVIII, Art. 5 fracción IX Art. 8,1547, 48,49,50,51,52,53,54,55,57,71 72 fracción XV Art. 64 fracción IV Art. 188 y Art 189 y demás relativos y aplicables de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos concatenado con los artículos 3 fracción I,IV, Art. 185,186, 187, 188, 189 del Reglamento de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.