Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Visita de Inspección y Opinión en Materia de Riesgos, para proyectos e instalaciones existentes o de nueva creación.
Clave: CEPCM/DPI/C07
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos
Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (01 777) 100 05 14, 100 05 17, 100 05 18
Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Dirección de Prevención e Investigación.
Subdirección de Gestión Integral de Riesgos
Departamento de Gestión Integral de Riesgos
subgir.cepcm@morelos.gob.mx

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra oficina
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Persona física interesada, o persona moral por conducto de representante legal o apoderado
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Solicitud en formato oficial.

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Horario de Atención a la ciudadanía En oficialía de Partes ubicado en Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Morelos. De lunes a viernes en un horario de 08:00 a 15:00 horas para recepción de solicitud y trámite.
¿Plazo máximo de resolución? 15 días hábiles a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud en la oficialía de partes
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Indefinida hasta en tanto no se modifique el Atlas Estatal de Riesgos o el Atlas Municipal o hasta en tanto no se modifique el marco normativo que la sustenta.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de Solicitud de trámite de Visita de Inspección y Opinión en Materia de Riesgo, para Proyectos e Instalaciones Existentes o de Nueva Creación, debidamente requisitado y con firma autógrafa del solicitante. 1
2 Descripción general del proyecto (para remodelación y/o modificación de inmuebles), el cual deberá incluir tipo de obra o actividad, ubicación, planos, memorias de cálculo, características constructivas y las actividades que se desarrollarán en el mismo. 1
3 Documental pública o privada mediante la cual se acredite la propiedad o posesión legal del predio (constancia de posesión, acta de asamblea, contrato de arrendamiento o escrituras) 1 1
4 Documental pública (poder notarial del Representante Legal) y/o privada (original de carta poder simple) en la que se haga constar que la persona que promueve autoriza a un tercero para realizar trámites administrativos respecto de la solicitud del trámite. 1 1
5 Identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte mexicano) del solicitante y/o gestor. 1 1
6 Croquis de localización del predio o parcela de interés con suficientes referencias del entorno (nombres de calles y edificaciones relevantes), en formato Google Earth o Google Maps de forma impresa o digital, indicando las coordenadas geográficas. 1
7 Ubicación del polígono o trazo (de cada uno de los vértices) en formato cartográfico digital y en sistema de coordenadas UTM (Universal Transversal de Mercator) : kml, kmz, shp, dwg o dxf. 1
8 Mínimo seis fotografías del predio (acceso, colindancias y su entorno), en tamaño postal (impresas en hojas blancas tamaño carta). 1
9 Comprobante de pago de derechos para el trámite de Visita de Inspección y Opinión en Materia de Riesgo, para Proyectos e Instalaciones Existentes o de Nueva Creación, a que se refieren el artículo 93 de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos, 61 y 66 de su reglamento de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
46.00 UMA ($4,994.00)
* Tesorería de la Secretaría de Hacienda. www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
La solicitud debe ser firmada por el propietario del predio y/o proyecto, o bien por su Representante Legal. Cabe señalar que, de no cubrir la totalidad de los requisitos, esta Coordinación no podrá dar trámite a su solicitud.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Cumplir con todos y cada uno de los requisitos.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículo I, párrafo tercero, 14 y 16; artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, artículos 44 y 64 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; artículos 1, 2 fracciones I, V, VII y VIII, 3 fracciones VII, XXXVII, XL, LVIII, LXXXII, LXXXV y XLIX, 5 fracción I y V, 8, 9 fracción I, 12 fracciones IV, VII y XV, 47, 57, 59 fracción I, 63 fracción I, 64 fracciones III, IV y XIV, 71, 72 fracción VII, X y XI, 93, 94, 98, 108, 110, 122, 190, 192 y 194 de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos, concatenado con los artículos 1, 2 fracción III, 42, 61, 66, 85, 190, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 205 y 207 del Reglamento de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos, artículos 10, 25, 27 y 32 fracción XVIII del Estatuto Orgánico de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos; artículos 101 al 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos; y Artículo 114 Quater-6 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.