Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Visita de Inspección y Visto Bueno, al predio donde se construya todo desarrollo habitacional, así como a Proyectos de construcción e instalación, existentes o de nueva creación
Clave: CEPCM/DPI/CC8
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos
Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (01 777) 100 05 14, 100 05 17, 100 05 18
Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Dirección de Prevención e Investigación.
Subdirección de Gestión Integral de Riesgos
Departamento de Gestión Integral de Riesgos
subgir.cepcm@morelos.gob.mx

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra oficina.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Persona física interesada, o persona moral por conducto de representante legal o apoderado.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Solicitud en formato oficial.

Abrir archivo adjunto: Formato de solicitud


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Horario de Atención a la ciudadanía En oficialía de Partes ubicado en Calle Aurora Núm. 26, Colonia Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Morelos. De lunes a viernes en un horario de 08:00 a 15:00 horas para recepción de solicitud y trámite.
¿Plazo máximo de resolución? 45 días Naturales a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud en la oficialía de partes.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Mientras no haya cambios al proyecto presentado para su Visto Bueno al Predio.
Inspección ligada al trámite o servicio. Visita de inspección y visto bueno al predio para proyectos e instalaciones existentes o de nueva creación y desarrollos habitacionales a que se refieren los artículos 98 y 100 de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos https://cemer.morelos.gob.mx
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de Solicitud de trámite de Visita de Inspección y Visto Bueno, al Predio para Proyectos e Instalaciones Existentes o de Nueva Creación y Desarrollos Habitacionales, debidamente requisitado y con firma autógrafa del solicitante. 1
2 Documental pública o privada mediante la cual se acredite la propiedad o posesión legal del predio (constancia de posesión, acta de asamblea, contrato de arrendamiento o escrituras). 1 1
3 Documental pública (poder notarial del Representante Legal) o privada (original de carta poder simple) en la que se haga constar que la persona que promueve autoriza a un tercero para realizar trámites administrativos respecto de la solicitud del trámite. 1 1
4 Identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte mexicano) del solicitante y/o gestor 1 1
5 Croquis de localización del predio o parcela de interés con suficientes referencias del entorno (nombres de calles y edificaciones relevantes), en formato Google Earth o Google Maps de forma impresa o digital. 1
6 Ubicación del polígono o trazo (de cada uno de los vértices) en formato cartográfico digital y en sistema de coordenadas UTM (Universal Transversal de Mercator): kml, kmz, shp, dxf o dwg. 1
7 Mínimo seis fotografías del predio (acceso, colindancias y su entorno), en tamaño postal (impresas en hojas blancas tamaño carta). 1
8 Presentar el anteproyecto y plano de conjunto con memoria descriptiva 1
9 Licencia de uso de suelo respecto del proyecto que se pretende realizar ó en su defecto Orientación de uso de suelo, Constancia de Zonificación, Opinión Técnica en el marco de los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable o el documento oficial que diga que la actividad a realizar se puede llevar a cabo en el predio. 1
10 Estudio de Riesgos y Vulnerabilidad del predio conforme a los términos de referencia que establece la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos. Abrir archivo adjunto: 1
11 Comprobante de pago de derechos para Evaluación y aprobación al análisis de vulnerabilidad y riesgo, a que se refieren los artículos, a que se refieren los artículos 42 y 43 del Reglamento de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos. (Factura y/o recibo de pago expedido por la Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos). 1
12 Comprobante de pago de derechos para Visita de inspección y visto bueno al predio para proyectos e instalaciones existentes o de nueva creación y desarrollo habitacional, a que se refieren los artículos 98 y 100 de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos. (Factura y/o recibo de pago expedido por la Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos). 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
46.00 UMA ($4,994.00)
* Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos. www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
La solicitud debe ser firmada por el propietario del predio y/o proyecto o bien por su Representante Legal. El Estudio de Riesgos y Vulnerabilidad deberá realizarse conforme al contenido establecido por la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos. Cabe señalar que, de no cubrir la totalidad de los requisitos, esta Coordinación no podrá dar trámite a su solicitud.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Cumplir con todos y cada uno de los requisitos
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 1 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, artículos 44 y 64 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y soberano de Morelos, conforme a lo establecido en los Artículos 3 fracciones XVII, LVIII, LXXXIII, LXXXV, 5 fracciones I,III y IV, 6, 11 fracción IV, 12 fracciones I, IV, VII, XIV y XV, 47, 48, 57, 59 fracción I, 60 fracción II, 63 fracciones I, IV y V, 64 fracciones III, IV, XIV y XVIII, 71, 72 fracción VII, X, XI y XV, 93, 98, 100, 190, 191, 192 y 194 de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos, concatenado con los artículos 2 fracción III, 42, 43, 57, 61, 62, 63, 190, 192, 193, 195, 196, 203, 205 y 211 del Reglamento de la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos; artículos 5, 6 fracción I,11 fracción II, 23 fracciones VI, VII, XVII, XVIII, XXXI y XXXVII y 25 del Estatuto Orgánico de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos así como los artículos 1 y 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos y Artículo 114 Quater-5 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.