Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: COPIA CERTIFICADA
Clave: CEPCM/DPI/SJ/2021/02
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos
Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (01 777) 100 05 14, 100 05 17, 100 05 18
Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección de Prevención e Investigación.
Subdirección Jurídica
juridicocepcm@morelos.gob.mx   
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra oficina
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Persona física interesada, persona moral por conducto de representante legal o apoderado, que tenga personalidad en el expediente radicado, el cual solicita.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Solicitud de manera específica de que documentos requiere se emita copia certificada, domicilio completo del solicitante para oír, recibir y notificar, teléfono, correo electrónico y que contenga anexo el documento que acredite la personalidad del solicitante. 

Horario de Atención a la ciudadanía En oficialía de Partes ubicado en Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Morelos, de lunes a viernes en un horario de 08:00 a 15:00 horas para recepción de solicitud y trámite.
¿Plazo máximo de resolución? 15 días hábiles a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud en la oficialía de partes
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Año fiscal en curso.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Solicitud y anexos. De manera específica de que documentos requiere se emita copia certificada, (domicilio completo del solicitante, teléfono, correo electrónico y que contenga anexo el documento que acredite la personalidad del solicitante.) 1
2 Recibo de pago 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
2.00 UMA ($217.00)
* Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Persona acreditada y cumplir con los requisitos que se solicitan.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Conforme al artículo 23 fracción XII del Estatuto Orgánico de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos, Artículo *114 QUATER-19 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS, Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: protección.civil@morelos.gob.mx . COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS, Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Tels: (01 777) 100 05 14 y 100 05 18. Correo electrónico: protección.civil@morelos.gob.mx .


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.