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Nombre del trámite o servicio: Visita de inspección y visto bueno a los establecimientos, instalaciones, edificaciones e inmuebles que estén en operación y funcionamiento.
Clave: CEPCM/DPI/SJ/2021/03
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos
Calle Aurora Núm. 26, Col. Maravillas, C.P. 62230, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (01 777) 100 05 14, 100 05 17, 100 05 18
Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección de Prevención e Investigación.
Subdirección de Normatividad.
Jefe del Departamento de Inspecciones y Verificaciones.
Teléfono: (777) 100 05 18 Ext. 2 Correo: inspeccionescepcm@morelos.gob.mx

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra oficina
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
Persona física o moral a través de Representante Legal o Apoderado.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio.
Plataforma electrónica de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos: Lunes a domingo, las 24 horas.



Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes en horario de 08:00 a 15:00 horas. Plataforma de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos: Lunes a domingo, las 24 horas del día.
¿Plazo máximo de resolución? No existe plazo establecido.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Año fiscal.
Inspección ligada al trámite o servicio. Visita de inspección y visto bueno a los establecimientos, instalaciones, edificaciones e inmuebles que estén en operación y funcionamiento. https://cemer.morelos.gob.mx/visitas-domiciliarias
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de Solicitud de Trámite en formato digital (PDF) 1
2 Comprobante de pago de derechos (factura y/o recibo de pago expedido por la Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos), en formato digital (PDF) 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
46.00 UMA equivalente a $ 4,994.00 pesos
* Secretaria de Hacienda del Estado de Morelos. www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Antes de solicitar el trámite, el establecimiento debe registrarse en la Plataforma electrónica de la Coordinación Estatal de Protección Civil Morelos, donde obtendrá: Número de Registro en Protección Civil (NRPC) y datos de acceso a la plataforma.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
1. Cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley Estatal de Protección Civil de Morelos y su Reglamento.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 1 párrafo tercero, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3 fracciones XVIII, LXXIX, 4, 5 fracción I, 12 fracción I, 59 fracción I, 60 fracción II, 63 fracciones I y II, 64 fracción IV, 65 fracción I, 143, 190, 191, 192, 194, 195, 207, 208, 209 Ley Estatal de Protección Civil de Morelos; 1, 2 fracción III, 3 fracción IV, XIV, XV, XVIII, 50, 57, 58, 59, 60, 62, 63, 64, 65, 101, 113, 120, 190, 192, 193, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 203, 204, 205, 207, 208, 211 del Reglamento de la Ley Estatal de Protección Civil Morelos; 114 Quater-8 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos y artículos 100 al 115 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS. Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 7771000514, 7771000517, 7771000518. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx COMISARIO PÚBLICO DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS. Calle Aurora No. 26, Col. Maravillas. C.P. 62230. Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 7771000514, 7771000517, 7771000518. Correo electrónico: proteccion.civil@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.