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Nombre del trámite o servicio: Inscripción y/o actualización en el Directorio Estatal de las Instituciones de Asistencia Social
Clave: DIF/PPNNAF/01
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Morelos
Las Quintas Núm. 15, Col. Cantarranas C.P. 62448, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3-14-10-10
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos. Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia. Dirección: Boulevard Adolfo López Mateos No. 100, Esq. Dr. Gándara Col. El Vergel, Cuernavaca, Morelos Teléfono: (777) 3156009, ext. 470 y 481.
Correo electrónico: procuraduría@difmorelos.com  

Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia. Jefa de la Unidad de Regulación de Centros de Asistencia Social Dirección: Boulevard Adolfo López Mateos, número 100, esquina Dr. Gándara, Colonia el   Vergel,  Cuernavaca, Morelos, C.P. 62400 Teléfono: (777) 3156009 ext. 488
Correo electrónico: regulacion.cas@difmorelos.com  


¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? No Aplica
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? La persona responsable de la Institución de Asistencia Social pública, privada, asociación o particular que preste servicios asistenciales en el Estado de Morelos, como parte de sus derechos y obligaciones en materia asistencial.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. La persona responsable de la Institución deberá acudir personalmente a entregar un escrito libre y sus requisitos, al titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, solicitando la inscripción o actualización al Directorio estatal de Instituciones de Asistencia Social.

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a Viernes de 8:00 a 15:30 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 30 días hábiles. Nota: El plazo correrá una vez cumpliendo o subsanando todos los requisitos. Nota: El plazo correrá una vez cumpliendo o subsanando todos los requisitos.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia 2 años contados a parir de la fecha de expedición para el caso de instituciones no gubernamentales y 3 años para el caso de instituciones gubernamentales.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito libre dirigido a la persona titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, solicitando la inscripción o actualización al Directorio estatal de Instituciones de Asistencia Social y describiendo la razón social, el nombre del representante legal, domicilio social y fiscal, correos electrónicos, números de teléfono (s) fijo y/o celular. 1 1
2 Constancia vigente de Inscripción al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social. 1
3 Documento que acredite la existencia de la institución Instituciones públicas: Decreto de creación, acta de cabildo, etc. Instituciones privadas o asociaciones: Acta constitutiva y protocolizaciones con fe notarial. Personas físicas con fines residenciales: Constancia de situación fiscal 1
4 Documento en el que se acredite la personalidad jurídica de la persona responsable que funge como representante legal de la institución. En el caso de persona física con fines residenciales, se acreditará con el numeral 8. 1
5 Identificación oficial vigente de la persona que funge como representante legal de la Institución de Asistencia social. 1
6 Identificación oficial vigente de la persona que funge como director/a o responsable de la Institución de Asistencia social. 1
7 Comprobante de domicilio Social, con una antigüedad no mayor a tres meses. 1
8 Constancia de situación fiscal actualizada. 1
9 Programa de trabajo. 1
10 Evidencia de las actividades que desempeña la Institución, en materia de asistencia social. (copia o archivo digital) 1
11 Aviso de funcionamiento y responsable sanitario, únicamente en caso de tener fines residenciales o albergue. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No Aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
De no cumplir con todos los requisitos se le requerirá al solicitante por escrito la documentación faltante, y en el supuesto de no subsanarlo en el término de 30 días naturales, se le tendrá como no presentado el trámite. En caso de existir algún error en su comprobante de domicilio realizar una nota u oficio, bajo protesta de decir verdad sobre su domicilio correcto. Se efectuará una visita de verificación en el domicilio de la institución de asistencia social no gubernamentales, que tendrá el objeto de constatar las acciones, la atención en materia de asistencia social y el cotejo de su documentación presentada para la solicitud de trámite. En el caso de los Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y sus filiales, dada la naturaleza de su creación para fines de asistencia social, no será necesaria la visita de verificación. En el supuesto de modificación, protocolización, cambio de personal directivo o representación, cambio de datos de contacto o domicilio, dentro de la inscripción vigente, será responsabilidad del representante legal informar de inmediato por escrito, al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, para actualizar su inscripción estatal. Si por alguna razón la institución de Asistencia Social inscrita en el Directorio Estatal de Asistencia Social, deja de operar, deberá informar de inmediato por escrito, al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, para cause baja del Directorio Nacional y Estatal de instituciones de Asistencia Social. El Directorio Estatal de Instituciones de Asistencia Social será consultable para el público en general, por lo que los datos de contacto, dirección, denominación social, objeto social y nombre del presentante serán públicos. La emisión de la constancia estatal, no exime las obligaciones que deberá cumplir el presentante legal, ante las diversas instituciones en materia municipal, fiscal, salud y protección civil.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Se emitirá la constancia solo a aquellas instituciones que cumplan con los supuestos de la asistencia social que refiere la Ley en la materia. Por ningún motivo se podrá emitir constancia estatal, sin tener vigente la inscripción al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social. Por ningún motivo se podrá emitir constancia estatal, sin tener vigente la inscripción al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       La Ley de Asistencia Social y Corresponsabilidad Ciudadana para el Estado de Morelos, artículos 12 fracción XI, 13 fracciones I a la XII, 50 fracción I, 51 fracción II, 52, 53 fracciones I y II, 54, 55 y 56 publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4569 el 21 de noviembre de 2007, última reforma del 28 de agosto del 2019. Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos art. 21 fracciones XXIII, 35 fracción XXIX publicado el 22 de abril de 2020, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, numero 5812
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Presentar denuncias, quejas, reconocimientos y sugerencias relacionadas con el actuar de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, por medio del buzón ciudadano en http://buzonciudadano.morelos.gob.mx/ Presentar denuncias, quejas, reconocimientos y sugerencias relacionadas con el actuar de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, por medio del buzón ciudadano en http://buzonciudadano.morelos.gob.mx/


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.