Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Apoyo IMPULSAJOVEN
Clave: FIFODEPI/DG/01
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Fideicomiso Fondo Desarrollo Empresarial y Promoción de la Inversión (FIFODEPI)
Hidalgo Núm. 9 piso 2, Col. Centro C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777-343-4103 y 777-242-9948
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General del FIFODEPI.
Directora General
Calle Hidalgo Núm. 9, segundo piso, despacho 201-A, colonia Centro C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos.
Teléfono: 777-343-4103 y 777-242-9948
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Única Sede
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Las y los jóvenes entre los 15 y 29 años de edad en el estado, de forma individual o grupal, con una idea de negocio o proyecto a desarrollar en Morelos, así como, aquellas micro y pequeñas empresas de jóvenes morelenses.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Formato impreso, que se proporciona en el portal electrónico del FIFODEPI – fifodepi.morelos.gob.mx.

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Horario de Atención a la ciudadanía De Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 30 días hábiles a partir de la recepción formal de cada solicitud.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Se determina por Convocatoria y disponibilidad presupuestal
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud debidamente llenado 1 1
2 Identificación Oficial vigente (pasaporte, credencial para votar, o en su caso, cédula profesional 1 para cotejo 1
3 Constancia de Situación Fiscal, emitida con una antigüedad no mayor a 3 meses de su presentación 1
4 Comprobante de domicilio, emitido con una antigüedad no mayor a 3 meses de su presentación (recibo de agua, luz o teléfono fijo 1
5 Anexo Técnico (se sugiere consultar Reglas de Operación) 1
6 Registro Patronal en el Instituto Mexicano del Seguro Social 1
Personas Morales además de lo anterior
7 Acta constitutiva de la empresa, debidamente inscrita en el Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos 1
8 Poder Notarial del Representante Legal 1
9 Identificación oficial con fotografía del representante legal 1
En la modalidad de reembolso, deberá adjuntar
10 Original o archivo fiscal digital (xml y .pdf) de las facturas del gasto comprobado 1
En la modalidad de gasto a comprobar, deberá adjuntar
11 2 cotizaciones en hoja membretada del proveedor debidamente firmada, la cual deberá contener: fecha, nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, Registro Federal de Contribuyentes y vigencia de la oferta de al menos 30 días, monto neto y el correspondiente al Impuesto al Valor Agregado 1 1
12 Original o archivo fiscal digital (xml y .pdf) de las facturas del gasto comprobado, posterior a la aprobación 1 1
13 Informe, Memoria fotográfica, Lista de asistencia, Estados de cuenta que reflejen la transferencia del gasto, según corresponda 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin Costo
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Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
En caso de tratarse de una solicitud incorrecta, incompleta o mal integrada, se prevendrá al solicitante para que, dentro de los 10 días hábiles siguientes, subsane la información requerida. Dicha notificación suspenderá el plazo para la evaluación del proyecto. Si no presenta la información requerida en el plazo establecido para tal fin se tendrá por desistida la solicitud, dejando salvo su derecho de iniciar nuevamente el trámite una vez satisfechas las omisiones o incumplimientos señalados en la Prevención.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
El impacto en la generación de empleos formales, monto y plazo del proyecto presentado al FIFODEPI; II. La disponibilidad presupuestal que el Fondo de Promoción e Impulso al Joven Emprendedor posea para cada tipo de apoyo; y, III. La idoneidad y viabilidad técnica y financiera del proyecto IV. Aquellos establecidos por el Comité Técnico en el ámbito de sus facultades V. La presentación de documentación apócrifa, alterada o modificada es causa de rechazo inmediato
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 25, fracción VIII de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado Libre y Soberano de Morelos, P.O. 4617; 1, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12 del Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Fondo de Promoción e Impulso al Joven Emprendedor para el otorgamiento de los apoyos a los jóvenes emprendedores, previstos en la Ley de Jóvenes Emprendedores del Estado de Morelos y su Reglamento, P.O. 5795
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Secretaría de la Contraloría, calle Francisco Leyva #11 Edificio Mina, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62000. Teléfono 777- 3292200, buzonciudadano.morelos.gob.mx Secretaría de la Contraloría, calle Francisco Leyva #11 Edificio Mina, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62000. Teléfono 777- 3292200, buzonciudadano.morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.