Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Solicitudes de material promocional del Fideicomiso Turismo Morelos
Clave: FITUR/JDDGP/03
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Fideicomiso Turismo Morelos
Hidalgo Núm. 5, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 3-14-14-44
Correo electrónico: patyaviere@hotmail.com
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Jefatura de Departamento de Diseño Gráfico y Promoción.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Cualquier prestador de servicios o ciudadanía en general interesados en solicitar el apoyo para recibir material de promoción turística del Estado de Morelos.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Escrito de solicitud de material de promoción turística del Estado de Morelos.

Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes con horario de atención de 09:00 Hrs. A 18:00 Hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 10 días naturales.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito de solicitud de material de promoción turística del Estado de Morelos. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo.
* No aplica.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Especificar fechas concretas y detallar el apoyo solicitado para mejor proveer su solicitud.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Dependiendo de la disponibilidad presupuestal y la determinación del Comité Técnico quien define en última instancia la entrega de estos apoyos.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Contrato del Fideicomiso. Turismo Morelos de Adminsitración, Inversión y Ejecución denominado "Fideicomiso Turismo Morelos". Manual de Organización del Fideicomiso Turismo Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisaría Publica adscrita al Fideicomiso Turismo Morelos, Con teléfonos 3-12-92-15 y 3-12-92-16 a la extensión 124. o al correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Comisaría Publica adscrita al Fideicomiso Turismo Morelos, Con teléfonos 3-12-92-15 y 3-12-92-16 a la extensión 124. o al correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.