Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Por solicitud, estudio y trámite de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de los niveles de Educación Especial e Inicial y de formación para el trabajo, sea cual fuere la modalidad.
Clave: IEBEM/SE/28
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos
Nueva China Núm. S/N, Col. Lomas de Cortés, C.P. 62240, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Conmutador (777) 3 17 16 88, 3 17 16 87 y 3 17 07 67
Correo electrónico: direccion.general@iebem.edu.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Unidad administrativa: Dirección de Planeación Educativa Responsable del Trámite o Servicio: Subdirección de Acreditación, Incorporación, Revalidación y Evaluación. Teléfonos: 777 317 16 88 ext. 116 y 777 311 95 62
Correo electrónico: subdireccion.evaluacion@iebem.edu.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Solamente en la antes mencionada
                                                                                                                            
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Lo puede presentar toda persona física o moral, interesada en incorporar una escuela particular al Sistema Educativo Nacional .                                                                                             
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio.  Presencial, por escrito.                                 

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes Horario de atención: 8:00 a 15:00 hrs. Horario de Caja 8:30 a 13:30 hrs. (Por corte de Caja).
¿Plazo máximo de resolución? 60 días hábiles
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Un año / Ciclo Escolar
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud, debidamente requisitado 1 1
2 Documentos oficiales de identificación: a) Persona Física: Acta de Nacimiento e Identificación Oficial con fotografía. b) Persona Moral: Acta Constitutiva. 1
3 Documento con el cual se acredite la Ocupación Legal del Inmueble: Contrato de Arrendamiento, Escritura Pública, Contrato de Comodato u otro, anexar copia de identificación oficial de la (s) persona (s) con quien contrae el contrato 1
4 Licencia de Uso de Suelo expedida por Obras Públicas del Gobierno del Estado o del H. Ayuntamiento de la localidad con autorización para educación básica, según el nivel solicitado. 1
5 Constancia de Seguridad Estructural del Inmueble, expedida por perito en la materia (Arquitecto o Ingeniero Civil), con copia de su Cédula Profesional y copia de su acreditación vigente como perito. 1
6 Visto Bueno de Protección Civil Actualizado 1
7 fotografías (del frente, interiores y exteriores). 8
8 Responsiva Médica, con copia de la Cédula Profesional (solo aplica para educación inicial). 1
9 Recibo de pago 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Pago por solicitud: $1,154.64 (12 UMA)
* Caja IEBEM 1er. Piso Dirección de Administración
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El periodo de ingreso de solicitudes para incorporación, es del primer día hábil de enero al último día de mayo del año lectivo en que inicia el ciclo escolar. NO se requiere el acta de nacimiento actualizada o cotejada, siempre que dicho documento sea legible.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Si el solicitante reúne todos los requisitos para el servicio educativo solicitado, se otorga el recibo de pago para ingresar la solicitud. Si el solicitante no reúne todos los requisitos para el servicio educativo solicitado, no se otorga el recibo de recibo de pago.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4472 de fecha 05 de julio de 2006, Artículo 99 Bis-1, Fracción I, Inciso C). Actualización valor UMA, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 10 de enero de 2023. Acuerdo número 243, por el que se establecen las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Ley de Educación del Estado de Morelos en su Artículo 221 prevé el plazo y la negativa ficta.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisario Público en el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos. Nueva China S/N Col. Lomas de Cortés C.P. 62240 Cuernavaca, Morelos. Teléfono (777) 3 17 81 24. Correo electrónico: comisaria@iebem.edu.mx Comisario Público en el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos. Nueva China S/N Col. Lomas de Cortés C.P. 62240 Cuernavaca, Morelos. Teléfono (777) 3 17 81 24. Correo electrónico: comisaria@iebem.edu.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.