Nombre del trámite o servicio: Reconocimiento del Hijo
Clave: JOJUTLA/orc/04 |
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
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Oficialía de Registro Civil Cuauhtémoc Núm. s/n, Col. Centro, 62900., Jojutla, Mor. Teléfono: 01 (734) 342 22 73 Web: jojutla.gob.mx/
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Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
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Oficialía de Registro Civil 1,
del H. Ayuntamiento de Jojutla
Oficial del Registro Civil
1, del H. Ayuntamiento de Jojutla
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¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
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Única sede
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¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
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La mamá y el papá que hará
el reconocimiento |
Medio de presentación del trámite o servicio.
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Por escrito
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Horario de Atención a la ciudadanía
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Lunes a viernes de 08:30 a 15:30 horas
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¿Plazo máximo de resolución?
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8 días |
Vigencia
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Permanente
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Ante el silencio de la autoridad aplica.
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Afirmativa ficta
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Documentos que se requieren
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No.
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Original
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Copia
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Adjunto
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Solicitud de registro de Reconocimiento de Hijo. |
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Presentar a la persona a ser reconocida o admitida (adulto o infante) |
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Certificado del acta de nacimiento de la persona que se va a Reconocer, donde aparezca el Registro como madre soltera. |
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Certificado del acta de nacimiento actualizada o cotejada del Reconocedor o de la madre que hace la admisión. Si el Reconocedor es extranjero, el acta de nacimiento deberá estar apostillada o legalizada y traducida por perito autorizado por el Tribunal superior de Justicia del Estado de Morelos. |
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Identificación Oficial del reconocedor (credencial de elector, constancia de residencia, pasaporte, cedula profesional, licencia de manejo, cartilla militar). |
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Identificación Oficial de la persona que otorga el consentimiento (credencial de elector, constancia de residencia, pasaporte, cedula profesional, licencia de manejo, cartilla militar). |
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Identificaciones oficiales de dos testigos mayores de edad (credencial para votar con fotografía INE, constancia de residencia, pasaporte, cedula profesional, licencia de manejo, cartilla militar). |
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8 |
Recibo de pago de derechos correspondientes. |
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9 |
Acta de la que admite el reconocimiento. (madre) |
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CURP anterior. |
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CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Cumplir con todos los requisitos.
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FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
Artículos 451, 452, 453 y 455 del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos; publicado el 6 de septiembre de 2006, en el Periódico Oficial “Tierra y Liberad” número 4481 Sección segunda.
Artículos 11 y 21 del Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos; publicado el 5 de septiembre de 2012, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5022.
Artículo 20, 31 fracción III, de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2016 del Municipio de Jojutla, Morelos; publicada el 20 de abril de 2016, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5390, Tercera sección.
Artículo 41 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, publicada el 19 de diciembre de 2007, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”4577.
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QUEJAS EN EL SERVICIO:
Contraloría Municipal. Calle Cuauhtémoc s/n, Colonia Centro de Jojutla, Morelos. C.P 62900. Teléfono: 01 (734) 1 20 12 01 extensión 115. Correo electrónico: contraloría@jojutla.gob.mx
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