Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Expedición de copias certificadas
Clave: SC/DG/04
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de la Contraloría
Francisco Leyva Núm. 11 , Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 329 22 00 Ext. 1913
Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Responsabilidades

Teléfono: 329 22 00 Ext. 1916

Correo electrónico:dgr.contraloria@morelos.gob.mx

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? El interesado que tenga reconocida la personalidad y desee obtener una copia certificada de los archivos y expedientes que obren en las Unidades Administrativas de la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de Morelos.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Se presenta la solicitud por escrito ante la Unidad Administrativa, que mantenga bajo su resguardo los archivos o expediente solicitado, en formato libre.

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a Viernes de 8:00 – 14:30 horas
¿Plazo máximo de resolución? Se entrega de tres a cinco días hábiles siguientes una vez efectuado el pago
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación oficial 1
2 Solicitud por escrito, en formato libre 1
3 Recibo de pago de derechos 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Por concepto de certificación de documentos y firmas se causarán los derechos establecidos en el Capítulo Décimo Séptimo del presente Título de la Ley General de Hacienda del Estado.
* Caja de la Subsecretaría de Ingresos o pago en línea.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Ninguna


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 13, fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos (publicada en el P.O. el 4 de octubre del 2018); 109, fracción III, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos (publicada en el P.O. el 5 de julio del 2006); artículo Primero y Segundo de la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos, correspondiente al ejercicio fiscal del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés, (publicada en el P.O. el 29 de diciembre de 2022); 4, fracción VIII, 8, fracciones XIII y XVI Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría del Estado de Morelos, (publicada en el P.O. el 16 de diciembre de 2020).
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Contraloría, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 5to. Piso. Horario de atención 9:00 a 13:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00 ext. 1964, alfonsodelarosamx@hotmail.com Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Contraloría, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 5to. Piso. Horario de atención 9:00 a 13:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00 ext. 1964, alfonsodelarosamx@hotmail.com


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.