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Nombre del trámite o servicio: Solicitud de Renovación del Registro en el Listado de Despachos de Auditores Externos.
Clave: SC/UOV/2023/01
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de la Contraloría
Francisco Leyva Núm. 11 , Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 329 22 00 Ext. 1913
Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Unidad de Órganos de Vigilancia.
Edificio Mina 3er. Piso.
Calle Francisco Leyva Número 11.
Colonia Centro. C.P. 62000  
Cuernavaca, Morelos
Teléfono: 777329 22 00 Ext. 1913.

Correo electrónico: uov.contraloria@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? La solicitud se presenta por parte de los despachos de auditores externos, cuando se encuentren interesados sus integrantes  en renovar su registro en el listado de despachos de auditores externos para practicar auditorías a los entes públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Escrito libre.

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 15 días hábiles.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia 1 año.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales 1
2 Contar con la constancia o documento expedido anualmente por el colegio o asociación de contadores al que pertenezca, que compruebe su actualización profesional continua. 1
3 Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido condenado, por sentencia irrevocable, por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal. 1
4 Presentar un escrito bajo protesta de no estar inhabilitado temporalmente para celebrar contratos o para ejercer el comercio, ni sujeto a concurso mercantil o cualquier otra figura análoga. 1
5 Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en que manifieste que no mantiene litigio con algún ente público. 1
6 Acreditar que el socio director u homólogo o el representante legal, no está inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. 1
7 Presentar escrito donde manifieste expresamente su voluntad que las notificaciones se le pueden realizar de manera electrónica, estableciendo un correo electrónico para tales efectos. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
La Secretaría de la Contraloría revisará el cumplimiento por parte de los despachos de auditores externos interesados, de los requisitos mencionados y comunicará a éstos de su resultado, en un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la recepción de la solicitud. La comunicación será mediante la expedición de un oficio de elegibilidad a favor del despacho de auditores externos o bien, a través de un oficio en el que se funden y motiven las razones por las cuales no resultó elegible y por tanto no fue incluido en el Listado de Despachos de Auditores Externos. Cualquiera que sea el resultado, podrá comunicarse en el domicilio señalado en la solicitud o bien, en el correo electrónico autorizado expresamente para tal efecto por el interesado. La comunicación por correo electrónico, se tendrá por realizada al día siguiente de su envío.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 30, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 7 fracción VIII, 12 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría; 1, 8, 9, 10 y 28 de los Lineamientos para el registro, renovación, selección, designación y evaluación de los servicios de despachos de auditores externos en la Administración pública del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Contraloría. Edificio Mina 5to. Piso. Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro. C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Horario de atención 9:00 a 13:00 horas Teléfono 777 329 22 00 ext. 1964. Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Contraloría. Edificio Mina 5to. Piso. Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro. C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Horario de atención 9:00 a 13:00 horas Teléfono 777 329 22 00 ext. 1964.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.