FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
Artículos 8 fracciones IX, XI y XX, 27, 28, 29, 30 y 97 fracciones X y XI de la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4561, de fecha 17 de enero de 2020 y artículo 4, fracciones IX, XIV y XX, 25, 36 bis, 38, 41, 42 y XI, 43 fracción I, 44, 46, 47 fracción IV, 48, 50 último párrafo, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 71, 72, 74, 75 y 76, del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4596, de fecha 08 de octubre de 2021; 46, 47, 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5726 de fecha tres de febrero de 2021; y 85 fracción IV, inciso A) numeral 7.1 de la Ley General de Hacienda del Gobierno del Estado de Morelos, publicada el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4472 de fecha treinta y uno de diciembre de 2020.
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El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
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QUEJAS EN EL SERVICIO:
Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, ubicada en Calle Francisco Leyva número 11, Edificio Mina 2º Piso, Colonia Centro C.P. 62000 Teléfonos: 3292200. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx.
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