Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Solicitud de modificación o ampliación de autorización para el manejo de residuos sólidos urbanos y/o de manejo especial en cualquiera de sus actividades.
Clave: SDS/DGGAD/PM2
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Secretaría de Desarrollo Sustentable   Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable Bajada Chapultepec Núm. 27, Col. Chapultepec, Cuernavaca, Mor. Teléfono: (777) 313 49 28 Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx, http://tramites.morelos.gob.mx.gob.mx

Dirección General de Gestión Ambiental. Dirección de Gestión Integral de Residuos.   Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable Bajada Chapultepec No. 27, Col. Chapultepec C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 3 17 56 00 Ext. 102 Correo electrónico: 
zalluly.lona@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Toda persona física o moral que cuente con una autorización vigente y quiera realizar una modificación o ampliación a su autorización en cualquiera de las siguientes actividades:
1. Recolección y transporte de residuos y/o transporte de residuos desde o hacia la entidad.
2. Almacenamiento temporal y/o Centro de Acopio.
3. Plan de manejo de residuos de manejo especial (Los generadores de residuos de manejo especial, los grandes generadores de residuos sólidos urbanos y los productores, importadores, exportadores distribuidores de los productos que al desecharse, se convierten en residuos sujetos a la elaboración de este documento).
4. Transferencia.
5. Elaboración de composta (Instalación de un centro de composteo).
6.  Procesamiento de lodos activados que no sean considerados como peligrosos, provenientes de plantas de tratamiento y de aguas residuales.
7. Tratamientos térmicos, químicos, físicos o biológicos.
8. Disposición final.
9. Descontaminación o remediación de suelos y sitios contaminados por residuos.
Para realizar cualquier trámite deberá presentarse el propietario y/o representante legal o en su caso el gestor, quien deberá presentar la carta poder correspondiente.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. 45 días hábiles para la solicitud de modificación o ampliación para el manejo de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, deberá requisitarse y presentarse debidamente firmada, para cualquiera de las siguientes actividades:
1. Recolección y transporte de residuos y/o transporte de residuos desde o hacia la entidad.
2. Almacenamiento temporal y/o Centro de Acopio.
3. Plan de manejo de residuos de manejo especial (Los generadores de residuos de manejo especial, los grandes generadores de residuos sólidos urbanos y los productores, importadores, exportadores distribuidores de los productos que al desecharse, se convierten en residuos sujetos a la elaboración de este documento).
4. Transferencia.
5. Elaboración de composta (Instalación de un centro de composteo).
6. Procesamiento de lodos activados que no sean considerados como peligrosos, provenientes de plantas de tratamiento y de aguas residuales.
7. Tratamientos térmicos, químicos, físicos o biológicos.
8. Disposición final.
9. Descontaminación o remediación de suelos y sitios contaminados por residuos.

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Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas
¿Plazo máximo de resolución? 45 días
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Depende de la actividad de la que se solicite la modificación o ampliación, en términos de lo señalado en los artículos 50 y 52 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud de modificación debidamente requisitado. 1 1
2 Documento jurídico que acredite al representante o apoderado legal (Solo para personas morales). 0 1
3 Identificación oficial del propietario o representante legal. 0 1
4 Pago de derechos correspondiente (solo aplica para la ampliación en el aumento de la flota de vehículos de la autorización para la recolección y transporte de residuos y/o transporte de residuos desde o hacia la entidad). 1 0


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Autorizaciones en materia de gestión integral de residuos sólidos urbanos y/o de manejo especial en sus diferentes modalidades: Autorización de recolección y transporte de residuos en función de su capacidad de transporte y/o autorización de transporte de residuos desde o hacia la entidad. Para vehículos de hasta 3.5 toneladas el costo por el trámite es de 12.5 UMA´s equivalente a $1,296.75 (Mil doscientos noventa y seis pesos 75/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Para vehículos de 3.5 y hasta 8 toneladas el costo por el trámite es de 25 UMA´s equivalente a $2,593.50 (Dos mil quinientos noventa y tres pesos 50/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Para vehículos de más de 8 toneladas el costo por el trámite es de 50 UMAS equivalente a $5,187.00 (Cinco mil ciento ochenta y siete pesos 00/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Valor actual de la U.M.A. $ 103.74 (Ciento tres pesos 74/100 M.N)
* * Secretaría de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos o en la Institución Bancaria autorizada para tal efecto, a través del formato de pago múltiple que maneja la Secretaría de Desarrollo Sustentable. Realizar el pago a través de depósitos bancarios en las siguientes instituciones: ● BANORTE: 42124 ● HSBC: RAP (Clave de servicio) 2420 ● BANCOMER: 753653 ● CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 ● BANCO AZTECA y ELEKTRA ● SUCURSALES TELECOMM TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA ● HSBC CUENTA SPEI-PIRE: 021180550300024203 ● HSBC: RAP 2420 ● CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 PAGOS CON CHEQUE EN: ● BANORTE: 42124 PARA REIMPRIMIR SU RECIBO DIGITAL, UTILICE LA LÍNEA DE CAPTURA AQUÍ INDICADA EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN http://www.hacienda.morelos.gob.mx
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Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El formato de solicitud deberá estar requisitado al 100% y se deberán presentar todos los documentos que en él se indican, mismos que deben ser legibles o en su defecto, se dará por hecho que se omitió su presentación, los originales son únicamente para cotejo.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Se establecen condicionantes, con el objeto de mitigar cualquier impacto ambiental derivados de la actividad que se autoriza.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 50 y 52 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4596, de fecha 29 de febrero de 2008; 85, fracción IV, inciso A), numeral 1, puntos 1.1, 1.2 y 1.3 de la Ley General de Hacienda del Gobierno del Estado de Morelos, última reforma de fecha 31 de diciembre del 2020.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central de la Secretaría de la Contraloría; calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos (777) 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: www.morelos.gob.mx. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central de la Secretaría de la Contraloría; calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos (777) 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: www.morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.