Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Implementación del programa soporte para el registro electrónico de movilización (REEMO) en el Estado de Morelos
Clave: SEDAGRO/DGGA/2023/009
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Agropecuario
Avenida Atlacomulco Núm. s/n, Col. Cantarranas, C.P. 62448, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 314-41-86 .
Correo electrónico: omar.taboada@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Unidad Administrativa: Dirección General de Ganadería y Acuacultura
Responsable del trámite: Directora General de Ganadería y Acuacultura. 
Domicilio: Avenida Atlacomulco S/N, Colonia Cantarranas, Cuernavaca, Morelos; C.P. 62440
Teléfonos: (777) 312-16-83 ext. 123, 124 y 126
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
El área de atención a la ciudadanía, es a través de las Uniones Ganaderas: Presidente de la Unión Ganadera Regional General del Estado de Morelos Dirección: Aquiles Serdán No.88 Col. Revolución Cuernavaca Morelos C.P.62390 Teléfono: 777-321-81-23 y 735-163-83-73

Presidente de la Unión Ganadera Regional de Morelos
Dirección: Avenida San Juan No.190 Barrio San Juan Yautepec Morelos Teléfono: 735- 394-49-68 y 777-169-04-33
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
El trámite debe ser presentado por la persona interesada. Se aplica en casos de requerirse el apoyo para que los ganaderos puedan contar con el registro electrónico de movilización, este apoyo no puede ser transferido a un tercero; ya que el trámite es personal e intransferible.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. No existe formato, ya que se solicita mediante oficio libre en manuscrito o impreso, debidamente firmado y dirigido al Titular de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario y/o al Director General de Ganadería y Acuacultura

Horario de Atención a la ciudadanía Horario de atención al público: De lunes a sábado de 08:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? El plazo es de cinco (05) días naturales.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación oficial vigente (INE o Pasaporte) (persona física o moral) del movilizador y del comercializador 1 1
2 Unidad de producción Pecuaria (UPP) y/o Prestador de servicios ganaderos (PSG) y/o Productor de ganado (PG) vigentes de origen y destino 1 1
3 Inventario de aretes 1 1
4 Placas del vehículo y/o remolque 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
El trámite una vez autorizado tiene una vigencia de 05 días naturales a partir de la recepción de los documentos que se detallan en el apartado de “documentos que se requieren”
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 1, 3, 14, 20, 25 y 64 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos, Artículo 2 punto 1, 6 y 8 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, Artículos 1, 2, 3, 5, 7 y 9 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos, Artículos 1, 3, 4, 8, y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, Programa Operativo Anual 2016; Manual de Organización 2016 y Manual de Políticas y Procedimientos 2016 de la Dirección General de Ganadería y Acuacultura de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Secretaría de la Contraloría, Francisco Leyva No. 11 Edificio Mina, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos C. P. 62000 tel. 777329 22 00 contraloria.morelos.gob.mx Secretaría de la Contraloría, Francisco Leyva No. 11 Edificio Mina, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos C. P. 62000 tel. 777329 22 00 contraloria.morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.