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Nombre del trámite o servicio: Certificación de documentos históricos del Archivo Histórico en el Instituto Estatal de Documentación de Morelos y Archivo General del Estado de Morelos.
Clave: SG/IED/01
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Gobierno
Casa Morelos, Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Teléfono: (777) 329-22-00
Correo electrónico: uip.gobierno@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Instituto Estatal de Documentación de Morelos y Archivo General del Estado de Morelos Carretera Temixco-Zapata, numero 3, Centro, Emiliano Zapata, Morelos, C.P. 62765 Al interior del Desarrollo Industrial Emiliano Zapata (DIEZ).  01 777 310 5768 y 312 33 61  http://www.iedm.morelos.gob.mx

Unidad Administrativa: Dirección General. Responsable del trámite: 
Director/a General del Instituto Estatal de Documentación y Jefe de Departamento de Hemeroteca.  
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En la sede del Instituto Estatal de Documentación de Morelos y Archivo General del Estado de Morelos                                              
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
Todo ciudadano interesado, profesionistas, investigador, docente y servidores
públicos del gobierno municipal, estatal o federal, se presenta en los casos
particulares que requieran algún documento histórico que se encuentre
localizado en original en el archivo histórico y este le resulte necesario al
ciudadano su certificación.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio.
Se presente mediante oficio de solicitud de certificación de documentos dirigida
al Director/a del Instituto Estatal de Documentación de Morelos con una copia
de su credencial oficial vigente, además de que deberá de generarse una póliza
de pago a través del portal de la Secretaría de Hacienda para que el ciudadano acuda a realizar el pago que corresponda por la certificación de los
documentos.


Horario de Atención a la ciudadanía De 8:00 a 15:00 horas
¿Plazo máximo de resolución? De dos (2) a cinco (5) días hábiles
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Oficio de solicitud para la certificación de documentos 1
2 Credencial Oficial vigente con fotografía 1
3 Póliza general de pago. Nota. La póliza de pago se genera a través del portal de la Secretaría de Hacienda. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Conforme al artículo 109 fracción VIII de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Costo por certificación $103.74
* Cajas recaudadoras de la Secretaría de Hacienda- Gobierno del Estado de Morelos
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
No aplica


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4743 de fecha 16 de septiembre de 2009. Decreto por el que se establece el Instituto Estatal de Documentación de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5257 de fecha 28 de enero de 2015. Reglamento Interior del Instituto Estatal de Documentación de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4924 de fecha 5 de octubre de 2011.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      A través de la Dirección General del Instituto Estatal de Documentación de Morelos a los teléfonos 310 5768 y 312 3361 y de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. A través de la Dirección General del Instituto Estatal de Documentación de Morelos a los teléfonos 310 5768 y 312 3361 y de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.