Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Copia certificadas de Ejemplares o antecedentes del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.
Clave: SG/POTyL/03
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Gobierno
Casa Morelos, Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Teléfono: (777) 329-22-00
Correo electrónico: uip.gobierno@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Unidad Administrativa: Dirección General Jurídica. Responsable del trámite: Subdirector(a) del Periódico Oficial

Subdirección del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”
Domicilio: Plaza de Armas Núm. s/n, primer piso, Secretaría de Gobierno, Col. Centro, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62000, Teléfono (777)329-2200 ext. 1353 y 1354 ó 329-2366 Correo electrónico: periodico.oficial@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Gobierno Federal, Estatal, Municipal, Organismo y Particulares. El trámite se realiza cuando así lo requieran las dependencias antes mencionadas, siempre y cuando cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el Reglamento del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Para solicitar copias certificadas, se requiere solicitud por escrito, en la que indique el número de ejemplar, año, si es algún sección en específico; el número de copias a requerir, así como a las personas autorizadas para recibirlas, el cual deberá estar dirigido a la Subdirector (a) del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”. Una vez entregado el escrito de petición, se realizará póliza de pago de los derechos correspondientes.

Horario de Atención a la ciudadanía Oficina del Periódico Oficial: De lunes a viernes de 8:00 a 17:00 hrs. Kiosco electrónico, ubicado en las instalaciones de Palacio de Gobierno, planta baja, horario de 8:00 a 15:00 hrs. Sucursales TELECOMM, horario de 8:00 a 17:00 hrs. Sucursales bancarias: Banorte, HSBC, Bancomer, Citibanamex, Banco Azteca, y Elecktra. (Horario que establezca la institución bancaria).
¿Plazo máximo de resolución? Se entrega de tres a cinco días hábiles siguientes una vez efectuado el pago.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia La póliza generada para el pago de las copias certificadas, vence a los cuatro días naturales, contados a partir del día de expedición de la póliza.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito dirigido al Subdirector (a) del Periódico Oficial” Tierra y Libertad”, solicitando las copias certificadas. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
A) Por la primera hoja: 1 UMA $ 104.00 B) Por las siguientes hojas y hasta cincuenta: 0.15 UMA $ 16.00 C) Por las siguientes hojas y más de cincuenta: 0.10 UMA $ 10.00
* * Kiosco electrónico, ubicado en las instalaciones de Casa Morelos, planta baja, horario de 8:00 a 15:00 hrs. * Sucursales TELECOMM, horario de 8:00 a 17:00 hrs. * Sucursales bancarias: Banorte, HSBC, Bancomer, Citibanamex, Banco Azteca, y Elecktra. (Horario que establezca la institución bancaria). Transferencia Electrónica: HSBC Cuenta SPEI-PIRE: 021180550300024203
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
La persona que desee copias certificadas, deberá acudir a las oficinas del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, en donde el personal le elaborará una póliza, que contendrá sus generales, una vez realizada, el ciudadano tendrá que acudir a las entidades receptoras de pago, mencionadas en el apartado anterior, para realizar su pago correspondiente, una vez realizado el pago, éste regresará a las oficinas del Periódico Oficial “Tierra y Libertad” a entregar su comprobante de pago para que se le pueda entregar las copias certificadas solicitadas, previa comparecencia. NOTA: En las oficinas del Periódico Oficial “Tierra y Libertad” no se maneja efectivo, sólo se elaboran pólizas para que realicen el pago en cualquiera de las entidades receptoras de pago. Si usted realiza su pago en un banco, use la línea de captura la cual se indica en la póliza general, para imprimir y validar su recibo de pago digital en 5 días hábiles después de su pago, en la siguiente dirección: https://www.ingresos.morelos.gob.mx/cfd/reimpresion.aspx y si lo hace vía SPEI lo podrá generar en la siguiente página: http://hacienda.morelos.gob.mx UMA, a la Unidad de Medida y Actualización, referencia económica diaria en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 13, fracción X, y artículo 22, fracción XXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5641 de fecha 04 de octubre de 2018; artículo 109, fracción VIII, de la Ley General de Hacienda para el Estado de Morelos; publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4472 de fecha 05 de julio de 2006; artículo 10, fracción XIV, 4, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5666 de fecha 10 de enero de 2019; y artículo 11, fracción IX, del Reglamento del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4349 de fecha 15 de septiembre de 2004.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Contraloría Interna del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 4to. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx. Director General Jurídico. Domicilio: Calle Gutenberg Número 4 Colonia Centro Teléfono: (777) 310-52-42 (777) 318-09-85 Correo electrónico: dgj@morelos.gob.mx Contraloría Interna del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 4to. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx. Director General Jurídico. Domicilio: Calle Gutenberg Número 4 Colonia Centro Teléfono: (777) 310-52-42 (777) 318-09-85 Correo electrónico: dgj@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.