Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Solicitud de informacion sociodemografica
Clave: SH/COESPO/SEP/04
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Hacienda
Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3 29 22 00 ext. 1401 a la 1404
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Dirección General de Planeación Participativa e Información Estratégica y Secretaria Técnica del Consejo Estatal de Población Calle Galeana no. 4 Tercer piso no. 307 Edif. de la Beneficencia Española Col.  Centro, Cuernavaca, Morelos, México  Teléfono: (777) 3189072 Correo electrónico: coespo@morelos.gob.mx 
Portal Internet: 
www.coespo.morelos.gob.mx 
Subdirección de organización, modernización y estadística.
Subdirectora de organización, modernización y estadística 

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? No aplica                                                       
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Los interesados en obtener información sociodemográfica, es decir la población en general
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. La entrega de información es como el usuario la requiera (digital, impresa o telefónica).
Formato de solicitud de información: FO-SH-DGPPeIEySTCOESPO-SOME-01 


Se anexa nuevo formato



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Horario de Atención a la ciudadanía Horario de consulta Lunes- Viernes 8:00-17:00 hrs. Vía portal de Internet www.coespomor.gob.mx las 24 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 3 días hábiles a partir de que se recibe la solicitud.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud de información: FO-SH-DGPPeIEySTCOESPO-SOME-01 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Gratuito
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Ninguna


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No Aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5335, con fecha del 14 de octubre del 2015, en el que se señala la asignación de las funciones del Consejo Estatal de Población a la Secretaría de Hacienda y de acuerdo al artículo 10 fracción LII del reglamento interior vigente de esta Secretaría, lo anterior en cumplimiento al Decreto del Legislativo 73 BIS, publicado el 30 de Diciembre de 1983 en el periódico Oficial “Tierra y Libertad” alcance número 3150. Programa Estatal de Población 2016-2018.Periódico Oficial "Tierra y Libertad" no. 5430 del 31 de agosto de 2016..
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.