Nombre del trámite o servicio: RECURSO DE REVOCACIÓN EN MATERIA FEDERAL Clave: SH/SFAF/22/2020
|
Trámite o Servicio:
Modalidad: |
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
|
Secretaría de Hacienda Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor. Teléfono: (777) 3 29 22 00 ext. 1401 a la 1404 Ver ubicación
|
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
|
Subprocuraduría
Fiscal de Asuntos Federales. Plaza de
la Constitución, Número 3, Despacho 104-A, Segundo Piso, Colonia Centro,
Municipio de Cuernavaca, Estado de Morelos, código postal 62000.
Teléfono: (777) 312-68-83
|
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
|
El recurso de revocación deberá presentarse mediante escrito ante la
Procuraduría Fiscal del Estado de Morelos. El escrito de
interposición del recurso también podrá enviarse a la autoridad competente en
razón del domicilio o a la que emitió o ejecutó el acto.
|
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
|
Las personas físicas y morales que se ubiquen
en cualquiera de las hipótesis de procedencia del recurso de revocación.
Personas físicas: Directamente el
contribuyente, o bien, su representante legal, para lo cual deberá adjuntar el
documento con el que acredite su personalidad para promover en nombre del
contribuyente.
Personas Morales: Por conducto de su representante,
para lo cual deberá adjuntar el documento con el que acredite su personalidad
para promover en nombre del contribuyente |
Beneficio
|
|
Medio de presentación del trámite o servicio.
|
El recurso administrativo deberá presentarse mediante
escrito que contenga los siguientes requisitos:
I.- El nombre
y apellidos completos del promovente si es persona física y si es persona
moral, la denominación o razón social y nombre y apellidos del representante
legal.
II.- Domicilio manifestado al Registro
Federal de Contribuyentes y la clave que le correspondió en dicho registro.
III.- Señalar la autoridad a la que se
dirige y el propósito de la promoción.
IV.- Firma autógrafa del promovente;
V.- número telefónico (opcional)
VI.- Domicilio para oír y recibir
notificaciones y personas autorizadas
VII.-La resolución o acto que se
impugna;
VIII.- Los agravios que le cause la
resolución o el acto impugnado; y
IX.- Las pruebas y los hechos
controvertidos de que se trate;
|
Horario de Atención a la ciudadanía
|
Atención al público de lunes a viernes de las 08:00 a las 17:00 horas excepto días inhábiles.
Presentación del escrito del Recurso de Revocación de lunes a viernes de las 08:00 a las 15:30 horas excepto días inhábiles.
|
¿Plazo máximo de resolución?
|
La autoridad deberá dictar resolución y notificarla en un término que no excederá de tres meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso. |
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
|
|
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
|
|
Vigencia
|
No aplica
|
Inspección ligada al trámite o servicio.
|
|
Ante el silencio de la autoridad aplica.
|
Negativa ficta |
CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
|
No aplica |
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
|
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
Artículos 10, 12, 18, 19, 116, 117, 121, 122, 123, 127, 128, 130, 131, 132 y 133 del Código Fiscal de la Federación, en relación con la Regla 2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexo 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021, en relación con la ficha de trámite 192/CFF “Recurso de revocación en línea presentado a través de buzón tributario”, contenida en el Anexo 1-A de la citada Resolución Miscelánea, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2021.
|
PROTESTA CIUDADANA: |
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
|
QUEJAS EN EL SERVICIO:
Dirección de Contralores Internos del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Correo electrónico institucional: contraloria@morelos.gob.mx Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito
Dirección de Contralores Internos del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Correo electrónico institucional: contraloria@morelos.gob.mx Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito |