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Nombre del trámite o servicio: Registro Estatal de Turismo.
Clave: STyC/DGCST/10/2021
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Turismo y Cultura
Hidalgo Núm. 239, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 329 22 00, Ext. 1005 y 1006
Correo electrónico: julieta.goldzweig@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Dirección General de Competitividad y Servicios Turísticos.
Profesional Ejecutivo A.
Avenida Morelos Sur, número 187, Col. Las Palmas. C. P. 62050, Cuernavaca, Morelos. (777) 312 67 47, ext. 116
normatividad.turismoycultura@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Únicamente en la Dirección General de Competitividad y Servicios Turísticos. 
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? El trámite se lleva a cabo por los prestadores de servicios turísticos, que soliciten su Inscripción en el Registro Estatal de Turismo, así como la emisión de la cédula correspondiente.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. En las oficinas de la Dirección General de Competitividad y Servicios Turísticos. Vía correo electrónico con  el fin de que el ciudadano vea agilizado el proceso, se tendrá que enviar los requisitos  en formato PDF.

Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes, en un horario, de: 9:00 – 15:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 5 días hábiles.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia 2 años.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Comprobante de domicilio del establecimiento donde realizará la actividad (recibo de agua, luz, teléfono, predial). 1 1
2 Acta constitutiva en caso de personas morales. 1 1
3 Identificación oficial vigente 1 1
4 Constancia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC). 1 1
5 Formato único para los trámites del Registro Estatal de Turismo. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Trámite a la brevedad, una vez presentando los requisitos solicitados.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos, 3, fracción XIX, 5, 9 fracción X, 40, 41 fracción X, 51, 52, 52 bis., 52 ter., 53,54, 61 bis., y segundo transitorio de la Ley de Turismo del Estado de Morelos; 5 fracción X, 24,25,26,27 y 28 del Reglamento de la Ley de Turismo del Estado de Morelos; 15 fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y Cultura.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Secretaría de la Contraloría, Gobierno del Estado de Morelos, Gobierno del Estado de Morelos. Calle Francisco Leyva núm. 11 Colonia Centro, Edificio Mina 4° Piso, Cuernavaca, Morelos. Tels. 01777.329.23.00 extensión 1929. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Secretaría de la Contraloría, Gobierno del Estado de Morelos, Gobierno del Estado de Morelos. Calle Francisco Leyva núm. 11 Colonia Centro, Edificio Mina 4° Piso, Cuernavaca, Morelos. Tels. 01777.329.23.00 extensión 1929.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.