Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Solicitud de Coedición en el Fondo Editorial del Estado de Morelos (FEDEM)
Clave: STyC/DP/2023/04
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Turismo y Cultura
Hidalgo Núm. 239, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 329 22 00, Ext. 1005 y 1006
Correo electrónico: julieta.goldzweig@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Unidad Administrativa: Dirección de Publicaciones Responsable del Trámite – Director (a) de Publicaciones Calle Hidalgo Núm. 239, cuarto piso, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Mor. Teléfono: (777) 329 2200, ext. 1016 y 1017
Correo electrónico: publicaciones@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna Otra
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Editoriales gubernamentales o independientes del Estado de Morelos interesados en coeditar con el Estado de Morelos con una obra escrita, en digital o físico con el sello del FEDEM
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. El trámite deberá realizarse por escrito presentando un oficio dirigido a la titular Secretaría de Turismo y Cultura del Estado de Morelos. Dicho formato se puede solicitar, vía correo electrónico a publicaciones@morelos.gob.mx o en las oficinas de Calle Hidalgo 239, cuarto piso, Col. Centro. C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Además, deberá entregar dos juegos de su obra escrita y en formato digital para el dictamen correspondiente (ver requisitos).

Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes en un horario de 9:00 am a 4:00 pm
¿Plazo máximo de resolución? El dictamen será emitido en un plazo de 45 días hábiles. Y la resolución se le notificará a la parte interesada por oficio vía correo electrónico. Todos los materiales serán recibidos y serán enviados a tres lecturas para generar un dictamen positivo o negativo de la publicación que dependerá del techo presupuestal y de la contrafirma de un convenio.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Una vez realizada la notificación, quienes hayan recibido un dictamen positivo, tendrán un plazo de 45 días hábiles para continuar con el proceso, de lo contrario, deberán iniciar una nueva solicitud.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Documento de registro de la obra ante Derechos de Autor a nombre del titular solicitante 1
2 Documento en digital en formato Word editable con tipo de letra Times New Román a 12 puntos y márgenes izquierdo 2.5 cm y 3 cm de margen izquierdo y derecho. El documento a tamaño carta y la extensión de sus obras no podrá exceder de 250 páginas, ni ser inferior a 80 páginas. 1
3 Documento impreso en formato Word editable con tipo de letra Times New Román a 12 puntos y márgenes izquierdo 2.5 cm y 3 cm de margen izquierdo y derecho. El documento a tamaño carta y la extensión de sus obras no podrá exceder de 250 páginas, ni ser inferior a 80 páginas. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Gratuito
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Toda publicación que sea emitida por el Fondo Editorial del Estado de Morelos será de distribución gratuita y solo se entregará el 10% del total del tiraje como regalías en el caso de que sea impreso de manera física.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Las impresiones física de las obras están sujetos a disponibilidad presupuestal y a la corresponsabilidad entre el solicitante y la STyC
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 9 fracción XI y 31 Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 4 fracción IV, 10 fracción XVII y 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y Cultura.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Director de Contralorías Internas del Sector Central, calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: www.contraloria@morelos.gob.mx Director de Contralorías Internas del Sector Central, calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: www.contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.