Nombre del trámite o servicio: Registros de nacimiento
Clave: Tetelavolcan/orc/07 |
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
|
Oficialía del Registro Civil. Plaza Principal Núm. sin número, Col. Centro., Tetela del Volcán, Mor. Teléfono: (01 731) 35 700 03 extensión 112 Correo electrónico: registro-civil@teteladelvolcan.gob.mx
|
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
|
Oficialía del Registro Civil
Oficial
del Registro Civil
|
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
|
Única sede
|
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
|
Los
padres o tutores de un recién nacido que deseen registrar al menor |
Medio de presentación del trámite o servicio.
|
Formato
de solicitud
|
Horario de Atención a la ciudadanía
|
Lunes a viernes de 08:45 a 16:00 horas
|
¿Plazo máximo de resolución?
|
De inmediato. |
Vigencia
|
No aplica.
|
Ante el silencio de la autoridad aplica.
|
Afirmativa ficta
|
Documentos que se requieren
|
No.
|
|
Original
|
Copia
|
Adjunto
|
1 |
Solicitud de registro de nacimiento. |
1 |
1 |
|
2 |
Presentar a la persona que se va a registrar (ya sea mayor o menor de edad). |
|
|
|
3 |
Certificado de nacimiento. |
1 |
|
|
4 |
Constancia de inexistencia (para registrar menores a partir de los 60 días de haber nacido) |
1 |
|
|
5 |
Acta de matrimonio de los padres, en caso de ser casados (actualizada o cotejada del año 2010 a la fecha, en caso de que el acta sea de otro estado, deberá presentarse copia certificada actualizada). |
1 |
1 |
|
6 |
Acta de nacimiento de los padres, en caso de que éstos no estén casados (actualizada o cotejada del año 2010 a la fecha, en caso de que el acta sea de otro estado, deberá presentarse copia certificada actualizada). |
1 |
1 |
|
7 |
Identificación oficial de los padres o tutores |
1 |
1 |
|
8 |
Identificación oficial de dos testigos mayores de edad |
1 |
1 |
|
9 |
En caso de que los padres sean menores de edad, y no se encuentren casados, deberán presentar constancia de residencia y ser acompañados de sus padres, abuelos o tutores, quienes acreditarán su relación familiar con el acta de nacimiento e identificación, y otorgar su consentimiento para realizar el registro. |
1 |
1 |
|
10 |
En caso de que uno o ambos padres sean extranjeros deberán presentar acta de nacimiento debidamente apostillada o legalizada, traducida al español por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, así como pasaporte vigente. |
1 |
1 |
|
CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Cumplir con los requisitos solicitados.
|
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
Artículos 423 y 438, del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 4481 Segunda sección, el 6 de septiembre de 2006.
Artículos 12 y 15, del Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos; publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 5022, el 5 de septiembre de 2012.
Artículos 90 y 92 fracciones I, II y V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 4272, el 13 de agosto de 2003.
Artículos 6 y 11 fracción I, inciso C; de la Ley de Ingresos del Municipio de Tetela del Volcán, Morelos, para el ejercicio fiscal 2016, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 5352 Sexta sección, el 16 de diciembre de 2015.
Artículo 41, de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 4577, el 19 de diciembre de 2007.
|
QUEJAS EN EL SERVICIO:
Contraloría Municipal, ubicada en Plaza Principal sin número, colonia Centro, C.P. 62800. Tetela del Volcán, Morelos. Teléfono: (01 731) 35 700 03 y 35 700 27 extensión 122. Correo electrónico: contralor@teteladelvolcan.gob.mx. Horario de atención: de lunes a viernes de 08:30 a 16:00 horas.
|