Nombre del trámite o servicio: Conciliación Prejudicial Individual
Clave: CCL/CCL/02
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Centro de Conciliación Laboral del Estado de Morelos
Francisco Leyva Núm. 5, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 22 00 EXT. 3202, 3203, 3214
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Coordinación de Conciliación Laboral
Coordinador de Conciliación Laboral
Conciliador Laboral
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
Sede: Calle Francisco Leyva, número 5, colonia Centro, Cuernavaca, Morelos. C.P. 62000.
Oficina estatal: Calle Batalla 19 de febrero de 1812, colonia Centro, Cuautla, Morelos. C.P. 62740
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos?
Lo puede solicitar: ·        
Persona interesada (trabajador o patrón)
·         Representante legal (en caso de que el patrón sea persona moral)  

Antes de acudir a los tribunales, los trabajadores y patrones deberán acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Morelos para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación laboral respecto de conflictos de competencia local, con excepción de aquellos supuestos que están exentos de agotar la instancia conciliatoria, conforme a lo previsto en la Ley Federal del Trabajo.
Medio de presentación del trámite o servicio.
El servicio se brinda a partir de la solicitud del interesado, presentada de la siguiente forma: Presencial Por escrito
Vía electrónica

Horario de Atención a la ciudadanía 08:00 – 15:00
¿Plazo máximo de resolución? 45 días naturales a partir de la recepción de la solicitud
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. No aplica


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación Oficial 1 (solo para cotejo) 1
2 Poder notarial (que acredite la personalidad del patrón) 1
3 Datos generales del solicitante y del citado (Nombre, Clave Única de Registro de Población, domicilio del solicitante y del citado, Registro Federal de Contribuyentes, condiciones generales de trabajo y correo electrónico)


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Gratuito


* No aplica
Observaciones Adicionales:

Pasos a seguir:
1 Presentación de la solicitud ante el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Morelos.
2. El solicitante debe de proporcionar los siguientes datos: a) Nombre, CURP, identificación oficial del solicitante y domicilio. b) Nombre de la persona o al patrón a quien se citará para la conciliación. c) Domicilio en el cual ha de notificarse al citado.
3. El solicitante debe de proporcionar los siguientes datos generales de la solicitud: a) fecha del conflicto; b) objeto de la solicitud; c) Rama industrial del negocio; d) Actividad económica del patrón, e) especificar las condiciones generales de trabajo.
4. Una vez ingresada su solicitud, se fijará fecha y hora para la celebración de pláticas conciliatorias.
5. Notificación de la audiencia al solicitante y al citado.
5. Celebración de la audiencia de conciliación.
6. Formulación de una propuesta de convenio y alcance de un arreglo conciliatorio.
7. De común acuerdo, las partes podrán solicitar una nueva fecha para la continuación de pláticas conciliatorias
8. Resolución final: a) Convenio de Conciliación y Acta de Cumplimiento. b) Constancia de No Conciliación.

Vía electrónica: https://cclm.morelos.gob.mx/asesoria/seleccion



CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Artículos 684-A, 684-B, 684-C, 684-D, 684-E de la Ley Federal del Trabajo.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículos 123, fracción XX, segundo párrafo y apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 85 F de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 590-E, 590- F, 684-A-684-F, 684-H, 684- I de la Ley Federal del Trabajo; 42 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 4 y 6 de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Morelos y 3 del Estatuto Orgánico del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Morelos.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Órgano Interno de Control.
Secretaría de la Contraloría, Unidad de Órganos de Vigilancia.
La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias, donde puede emitir su queja a través de la plataforma: http://buzonciudadano.morelos.gob.mx/


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.