Nombre del trámite o servicio: Consultoría Interna Especializada para el Público en General..
Clave: CCYTEM/CEMITT/06
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Morelos
La Ronda Núm. 13, Col. Acapantzingo, C.P. 62440 , Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Dirección General (777)-3-10-55-20, Coordinación de Vinculación y Divulgación (777)-3-18-75-24, Centro Morelense de Innovación y Transferencia de Tecnología (777)-3-68-00-91 y Centro Morelense de Comunicación de la Ciencia (777)-3-12-39-79
Web: www.ccytem.morelos.gob.mx/
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Centro Morelense de Innovación y Transferencia Tecnológica (CemiTT), Autopista México - Acapulco Km. 112, Fraccionamiento Santa Fé, C.P. 62760, Xochitepec, Morelos Oficina: 52 (777) 113 71 85, jorge.ham@morelos.gob.mx Director del CemiTT.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
Únicamente se pude realizar el trámite en el Centro Morelense de Innovación y
Transferencia Tecnológica (CemiTT)
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Usuario interesado en actividades de propiedad intelectual, transferencia de tecnologías, o vinculación.
Medio de presentación del trámite o servicio. No hay formato. Se solicita vía telefónica, electrónica o personalmente.

Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes 9:00 a 5:00 pm
¿Plazo máximo de resolución? No hay plazo específico. La duración del servicio se establece en función de la necesidad y situación planteada por el usuario.
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Solicitud para consultoría 1 0
2 Comprobante de pago cuando aplique. (Ficha de depósito). 1 0
3 Convenio de Confidencialidad firmado por el usuario, por la Subdirección de Propiedad Intelectual y por el Director del CemiTT. Disponible al solicitar la consultoría. 1 0


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Ver políticas de ingresos Propios y Egresos del CemiTT: Consultoría en propiedad intelectual/industrial (no incluye los pagos al Instituto Mexicano de Propiedad Industrial), en procesos de gestión tecnológica, en materia de negocios de base tecnológica y en diseño y modelado en 3D, $2,000.00 por hora.


* Pago en Banco Santander A. nombre de Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Morelos. Cuenta número 65502446907 Número de cuenta CLABE para transferencias interbancarias es el 014540655024469078
Observaciones Adicionales:
“Ninguna”


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      No aplica”.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Ley de Innovación Ciencia y Tecnología para el Estado de Morelos, Periódico Oficial Tierra y Libertad, 3 de agosto de 2005 y Reforma del 20 de diciembre de 2006; Reglamento de la Ley de Innovación Ciencia y Tecnología para el Estado de Morelos, Periódico Oficial Tierra y Libertad 26 de septiembre de 2007 Art. 28, 32 45 a 53.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Contraloria Interna en el Organismo Público Descentralizado
denominado: Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Morelos,
La Ronda Núm. 13, Col. Acapantzingo, C.P. 62440 Cuernavaca, Mor.,
Tel. (01777) 312 39 79,
correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.