Nombre del trámite o servicio: Solicitud de acceso a los recursos del fondo por compensación subsidiaria para víctimas de delitos de competencia estatal.
Clave: CEARV/SREV/02
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos
Hermenegildo Galeana Núm. 95, Col. Centro C.P.62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 18 41 51
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Auxiliar de Análisis para otorgar el Fondo Tel 318.41.51
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? No aplica 
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Las víctimas de delitos de competencia estatal inscritas en el Registro Estatal de Víctimas del Estado de Morelos. Los delitos deben estar considerados como graves, contra la vida, la libertad y la integridad física o mental y la persona debe tener la calidad de víctima. 
Medio de presentación del trámite o servicio. Llenar de manera presencial formato de solicitud de acceso a los recursos del fondo por compensación subsidiaria para víctimas de delitos de competencia estatal.

Abrir archivo adjunto:   
Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 9:00 am – 15:00 pm
¿Plazo máximo de resolución? 90 días
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 En caso de contar con cuenta bancaria original o copia del estado de cuenta bancario donde conste la clabe interbancaria con no más de dos meses de antigüedad, en su caso. 1 1
2 Copia de una identificación oficial vigente de la víctima con fotografía, pudiendo ser: pasaporte vigente expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores; credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el antes Instituto Federal Electoral; cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública; cartilla del Servicio Militar Nacional. 1 1
3 Copia del comprobante de domicilio que coincida con los domicilios asentados en los documentos anteriores y con no más de dos meses de antigüedad 1 1
4 En caso de tener representante legal, los documentos que lo acrediten. 1 1
5 Alguno de los siguientes documentos: 1). Constancias del agente del ministerio público competente, de las que se desprende que las circunstancias de hecho hacen imposible la judicialización de la carpeta; 2). La sentencia firme de la autoridad judicial competente en la que se señalen los conceptos a reparar; 3). Resolución emitida por autoridad competente de donde se desprenda que no ha obtenido la reparación del daño. 1 1
6 Alegatos 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
No aplica


* No aplica
Observaciones Adicionales:

Ninguna


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Una vez recibida la solicitud de acceso a los recursos del fondo por compensación subsidiaria para víctimas de delitos de competencia estatal, y los documentos adjuntos a la misma, la Auxiliar de Análisis para otorgar el Fondo, integrará el expediente; posteriormente la Dirección de Reparación Integral y Derecho a la Verdad emitirá un proyecto de dictamen que se entregará al Consejo, quien a la vez emitirá la Resolución Definitiva, la cual se le notificará a la víctima dentro de los 5 días hábiles a partir de la Resolución Definitiva, para que reciba el pago, cuando sea el caso.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      La Ley de Víctimas del Estado de Morelos en los artículos 71, 72 fracción III, 79, 80, 81, 83, 84, 85, 86, 104, 110,120, 149 y 152; El Reglamento de la Ley de Atención y Reparación a Víctimas del Delito y de Violaciones a los Derechos Humanos para el estado de Morelos en sus artículos 63, 64, 65, 66, 69, 70, 73 y 74; así como, los artículos 5, 33 y 34 de las Reglas de Operación para la Ejecución de los Recursos del Patrimonio del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación del Estado de Morelos.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos, ubicadas en Calle Galeana No. 95 antes #411, Col. Centro, Cuernavaca, Morelos C.P.62000. y/o al siguiente correo electrónico: cearv@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.