Nombre del trámite o servicio: Constancia de Liquidación
Clave: CERT/DG/CJE/01
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Comisión Estatal de Reservas Territoriales
Avenida Vicente Guerrero Núm. 1993, Col. San Cristóbal , Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 3 171848
Correo electrónico: direccion.operativa.cert@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General.
Directora Operativa y de Estrategias Territoriales.
Subdirección Jurídica y de Escrituración
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? “No aplica”.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? El beneficiario o apoderado legal. Cuando se solicita la regularización de un predio que forme parte del patrimonio inmobiliario de los extintos organismos públicos descentralizados denominados INVIMOR y CAPROMOR.
Medio de presentación del trámite o servicio. Presencial mediante llenado de formato  (Se anexa formato)

Abrir archivo adjunto:   
Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 90 días hábiles, a partir del ingreso de los documentos correspondientes
Vigencia “No aplica”.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de Solicitud 1
2 Contrato. (Compraventa con reserva de dominio, Donación u Hoja verde) 1 1
3 Recibos de pago 1 1
4 Identificación oficial del peticionario 1 1
5 Curp o Acta de Nacimiento legible 1 1
6 Poder notarial (en caso de que el trámite, lo realice apoderado legal) 1 1
7 Teléfono del beneficiario


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Sin costo


Observaciones Adicionales:
“ NO se requiere el acta de nacimiento actualizada o cotejada, siempre que dicho documento sea legible”


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Que cumpla con los requisitos que se solicitan.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 5641 de fecha 04 de octubre de 2018 ; Decreto número Ciento Noventa y Uno que crea el Organismo Descentralizado denominado “Comisión Estatal de Reservas Territoriales” publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 3730 de fecha 08 de febrero de 1995, Decreto número Doscientos Dieciséis, por el que se aprueba el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos, para el Ejercicio Fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre del año dos mil trece, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5053, de fecha 26 de diciembre de 2012, mediante el cual se abroga la Ley del Instituto de Vivienda del Estado de Morelos, de 14 de septiembre de 1988 , Decreto por el cual se reforma de manera integral los lineamientos para la liquidación de los Organismos Públicos Descentralizados denominados Instituto de Vivienda del Estado de Morelos y Casa Propia para los Morelenses, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 5457 de fecha 21 de diciembre del 2016.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Comisario Público en la C.E.R.T. Av. Vicente Guerrero número 1993, Col. San Cristóbal Tel. 317-18-48 311-67-07 ext. 108 Director de Contralorías Internas del Sector Central Domicilio: Calle Francisco Leyva número 11, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos Edificio “Mina” primer piso. Teléfonos 018008316772, 3292200 y 3292300 ext. 1902 y 1904 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.