Nombre del trámite o servicio: Inclusión recreativa, cultural y del deporte para personas con discapacidad
Clave: DIF/CAD/03
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Morelos
Las Quintas Núm. 15, Col. Cantarranas C.P. 62448, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3-14-10-10
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos Coordinación de Atención a la Discapacidad. Dirección: Avenida de la Salud S/N, Colonia Palo Escrito, C.P. 62765, Emiliano Zapata Morelos. Teléfono: (777) 1777177 Correo electrónico: Corcoordinacion.discapacidad@difmorelos.com  

Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE)
Promotor de discapacidad Dirección: Avenida de la Salud S/N, Colonia Palo Escrito, C.P. 62765, Emiliano Zapata Morelos. Teléfono: (777) 1777177 Ext. 135 Correo electrónico: atencion.discapacidad@difmorelos.com  

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? No aplica
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Personas con Discapacidad con su Credencial de Identificación (Credencial de Discapacidad), DIF Municipales, Asociaciones, Centros de Rehabilitación Integral, Escuelas de Educación especial y directamente
Medio de presentación del trámite o servicio. Personal y/o Familia mediante Oficio de solicitud (libre) Vía telefónica: exclusivamente para información del servicio.

Abrir archivo adjunto:   
Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas (días hábiles)
¿Plazo máximo de resolución? Se resuelve de manera inmediata (se resuelve dentro del mismo día en que el particular presenta su solicitud)
Vigencia La vigencia es determinada de acuerdo al Certificado Médico que se presente.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Oficio de solicitud (libre) para la inclusión recreativa, cultural y/o deportiva para personas con discapacidad 1 1
2 Certificado médico que acredite que está en condiciones de realizar actividades recreativas, deportivas y/o culturales 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Sin costo


* Sin Costo
Observaciones Adicionales:

Para que la persona pueda ser incluida en actividades de recreación, culturales o deportivas es importante ser valorados por un médico especialista en rehabilitación, para conocer si no presenta algún impedimento que afecte su salud por realizar cualquiera de estas actividades.
Una vez recibida la valoración se realiza la canalización según sea el caso y se da seguimiento hasta su inclusión total.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Cumplir con los requisitos que se solicitan.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:     
Estatuto Orgánico del Sistema DIF Morelos Publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”
Ley de Atención a Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Comisaría del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, Boulevard Adolfo López Mateos esquina con Dr. Guillermo Gándara, Núm. 100, Col. El Vergel, Cuernavaca, Morelos, C. P. 62400 (777) 315-60-09 Ext. 415. contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.