Nombre del trámite o servicio: Solicitud de Consulta de Urgencia Médica
Clave: HN/DUMCU/09 |
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
|
Hospital del Niño Morelense. Av. de la Salud (antes camino viejo a Temixco) Núm. S/N, Col. Benito Juárez, Emiliano Zapata, Mor. Teléfono: 777 3 62 11 70 Correo electrónico: hospitalnm@hnm.org.mx Ver ubicación
|
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
|
Director
de Unidad de Medicina Crítica y Urgencias.
Tel.- 777 3 62 11 70 ext. 8560
|
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
|
Ninguna.
|
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos?
|
Padre
o tutor del paciente que requiera la atención del servicio de urgencias
pediátricas. Para
pacientes que desean ser trasladados de otros hospitales deberá hacer el
trámite en médico responsable de la unidad médica. |
Medio de presentación del trámite o servicio.
|
Se
presenta el interesado en la recepción del Servicio de Urgencias del Hospital
del Niño Morelense. En
caso de ser traslado de otro hospital, comunicarse a la Dirección de Unidad de
Medicina Crítica y Urgencias, enviar resumen médico en hoja de referencia vía
correo electrónico.
|
Horario de Atención a la ciudadanía
|
Lunes a Domingo las 24 Hrs.
|
¿Plazo máximo de resolución?
|
Se revisará al paciente y se calificará la urgencia, en caso de ser necesario se atiende inmediatamente, de lo contrario se atenderá de acuerdo a la clasificación de triage. |
Vigencia
|
No aplica.
|
Ante el silencio de la autoridad aplica.
|
Afirmativa ficta
|
Costo y forma de determinar el monto:
|
Área de pago:
|
Dependiendo del servicio realizado y el nivel socioeconómico del paciente.
|
* Caja de Urgencias del Hospital del Niño Morelense
|
Observaciones Adicionales:
|
Costos asociados a la consulta médica y en caso de ser necesario agregar el costo del material de curación y medicamentos utilizados, además de los estudios médicos que se le realicen al paciente. El costo dependerá del estudio socioeconómico y será aplicado bajo excepción según el Capítulo 3°, Artículo 8 del Reglamento para la Determinación, Aplicación y Registro de Cuotas de Recuperación por el Organismo Descentralizado denominado “Hospital del Niño Morelense”.
En los casos de que la madre o padre cuenten con afiliación a servicios médicos (en instituciones como IMSS, ISSSTE, ISSSTE estatal, PEMEX, la defensa o la Marina) y que no cubra a los hijos, deberán presentar la CONSTANCIA DE VIGENCIA DE DERECHOS.
Los documentos originales solicitados solo se presentan como documento que acredita la nacionalidad mexicana. |
CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Ninguno
|
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
|
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
* Artículo 2°, Fracción III y Artículo 4°, Fracción 1 de la Ley que crea el Organismo Descentralizado denominado “Hospital del Niño Morelense”. * Capítulo 3°, Artículo 7 y 8 del Reglamento para la Determinación, Aplicación y Registro de Cuotas de Recuperación por el Organismo Descentralizado denominado “Hospital del Niño Morelense” publicado en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad” número 4454 de fecha 26 de abril de 2006. * Tabulador de cuotas de recuperación del Hospital
del Niño Morelense, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5546 de fecha 1 de noviembre de 2017. *
Procedimiento Atención y flujo de pacientes en Urgencias (Vía Familiar) Manual de Organización del Servicio de
Urgencias.
|
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:
Dirección de Calidad y Mejora Continua.
Correo-e: calidad@hnm.org.mx teléfono: 777 3 62 11 70 ext. 2470
Comisaría Pública del Hospital del Niño Morelense.
Teléfono: 777 3 62 11 70 ext. 4310 y 4320 Contraloría del Estado de Morelos.
Correo-e: contraloría@morelos.gob.mx
|