Nombre del trámite o servicio: Solicitud de Estudio de Tomografía Axial Computarizada
Clave: HN/DUSAD/08
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Hospital del Niño Morelense.
Av. de la Salud (antes camino viejo a Temixco) Núm. S/N, Col. Benito Juárez, Emiliano Zapata, Mor.
Teléfono: 777 3 62 11 70
Correo electrónico: hospitalnm@hnm.org.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Director de Unidad de Servicios y Auxiliares y de Diagnóstico. Tel. 777 3 62 11 70 Ext. 4590
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Padre o tutor del paciente que reciba una orden de Tomografía por el médico tratante del Hospital del Niño Morelense.
Medio de presentación del trámite o servicio. Se presenta el Padre o tutor del paciente con la orden de estudios Tomografía del médico tratante del Hospital del Niño Morelense

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 Hrs Lunes a Domingo las 24 hrs. Si se requiere el estudio de manera urgente
¿Plazo máximo de resolución? El mismo día se le entrega la cita para el día y la hora en que se realizará el Estudio.
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Consentimiento informado, con la firma del padre o tutor del paciente en caso de ser necesario. 1
2 Orden de Estudio de Tomografía del médico tratante en el HNM 1
3 CURP del paciente (en caso de contar con acta de nacimiento) y CURP de ambos padres vigente. 1
4 INE de ambos padres y/o responsable legal (presentar copia del documento legal que lo acredite como responsable legal). Padres menores de edad, presentar constancia de residencia con fotografía expedida por su ayudantía municipal y acta de nacimiento. 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Dependiendo del servicio realizado y el nivel socioeconómico del paciente. Ver Archivo Anexo.


Abrir archivo adjunto:   
* Caja General y/o Cajas de Consulta Externa del Hospital del Niño Morelense
Observaciones Adicionales:
El Hospital del Niño Morelense considera una solicitud formal en el momento en el que el interesado haya realizado su pago en cualquiera de las cajas y presente su recibo de pago del Hospital con el detalle de(l) (los) estudio(s) a realizarse en el Servicio. El costo dependerá del estudio socioeconómico y será aplicado bajo excepción según el Capítulo 3°, Artículo 8 del Reglamento para la Determinación, Aplicación y Registro de Cuotas de Recuperación por el Organismo Descentralizado denominado “Hospital del Niño Morelense”. Antes de realizar el estudio, se ofrecerá al padre o tutor del menor una explicación minuciosa de los procedimientos que se empleará y sus posibles riesgos. Se le pedirá que firme un formulario de consentimiento informado que indica claramente que el interesado entiende los riesgos y beneficios del estudio.

En los casos de que la madre o padre cuenten con afiliación a servicios médicos (en instituciones como IMSS, ISSSTE, ISSSTE estatal, PEMEX, la defensa o la Marina) y que no cubra a los hijos, deberán presentar la CONSTANCIA DE VIGENCIA DE DERECHOS.

Los documentos originales solicitados solo se presentan como documento que acredita la nacionalidad mexicana.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Existe una agenda con la programación de estudios, de la cual dependerá la fecha de realización.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 2°, Fracción III y Artículo 4°, Fracción 1 de la Ley que crea el Organismo Descentralizado denominado “Hospital
del Niño Morelense”. * Capítulo 3°, Artículo 7 y 8 del Reglamento para la Determinación, Aplicación y Registro de Cuotas
de Recuperación por el Organismo Descentralizado denominado “Hospital del Niño Morelense” publicado en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad” número 4454 de fecha 26 de abril de 2006. * Tabulador de cuotas de recuperación del Hospital
del Niño Morelense, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5546 de fecha 1 de noviembre de 2017. *
Art. 140, 141, 142, 145 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención
Médica. * Manual de Políticas de Radiología e Imagen.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Dirección de Calidad y Mejora Continua.
Correo-e: calidad@hnm.org.mx teléfono: 777 3 62 11 70 ext. 2470
Comisaría Pública del Hospital del Niño Morelense.
Teléfono: 777 3 62 11 70 ext. 4310 y 4320 Contraloría del Estado de Morelos.
Correo-e: contraloría@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.