Nombre del trámite o servicio: Devolución de Cuotas ante el ICTSGEM
Clave: ICAVD/08
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos
Dwight Morrow Núm. 20, Col. Centro C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 312 11 70 Ext. 1427
Web: http://www.institutodecredito.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Departamento de Afiliación y Vigencia de Derechos.
Jefe/a del Depto. de Afiliación y Vigencia de Derechos Teléfono: (777) 312 11 70 Ext. 1430 y 1423 
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
Únicamente en las instalaciones del ICTSGEM. 
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos?   -   El/la ex afiliado podrá retirar sus cuotas del ICTSGEM, una vez transcurrido un año a partir de la baja ante el ICTSGEM. -   En caso de fallecimiento de la/el afiliado, el trámite lo realiza la/el beneficiario o beneficiarios designados por la/el Afiliado finado o por resolución de autoridad competente. -  Para el caso de beneficiarios menores de edad, el trámite lo realiza el tutor o el representante del menor ante el ICTSGEM. -  Este trámite también lo puede realizar otra persona presentando Carta Poder simple debidamente firmada por quien acepta el poder, por quien otorga el poder (beneficiario/s) y por dos testigos (exhibiendo identificación oficial vigente original y copia de las personas que firman), siempre y cuando la cantidad que se solicite no sea mayor al importe de un año de salario mínimo vigente en el Estado de Morelos; en caso contrario, se podrá efectuar el trámite con poder notarial.
Medio de presentación del trámite o servicio.
En las instalaciones del ICTSGEM. Todos los formatos se otorgan al  momento de realizar la solicitud de la devolución de las cuotas.


Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 20 días hábiles.
Vigencia 5 Años a partir de la vigencia de los supuestos para solicitar el trámite.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
POR BAJA DE LA/EL AFILIADO
1 No contar con adeudos en créditos
2 Que haya transcurrido 1 año posterior a la fecha de la baja.
3 Identificación oficial vigente. 1 1
4 En caso de que el ex afiliado desee recibir la devolución de sus cuotas por medio de una transferencia electrónica y no cuente con una CLABE registrada en el Instituto, deberá presentar un estado de cuenta a su nombre, que contenga la CLABE interbancaria en la que desea recibir el depósito de sus cuotas. 1 1
POR DEFUNCIÓN DE LA/EL AFILIADO
Documentos de la/el ex afiliado finado:
1 No contar con adeudos en créditos.
2 Identificación oficial. 1 1
3 Acta de defunción 1 1
Documentos de los beneficiarios mayores de edad:
1 Identificación oficial vigente. 1 1
Documentos de los beneficiarios menores de edad:
1 Acta de nacimiento. 1 1
2 Identificación oficial vigente del representante del menor designado para realizar el trámite de devolución de cuotas ante el Instituto. 1 1
En caso de que el afiliado no haya designado un representante del menor para realizar el trámite de devolución de cuotas ante el Instituto, se deberán presentar los siguientes documentos:
1 Identificación oficial vigente del tutor. 1 1
2 Aceptación y protesta del cargo como tutor del menor de edad, expedida por la autoridad competente; sólo en caso de que el tutor sea una persona distinta al padre o madre que sobrevive, 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Sin costo


*
Observaciones Adicionales:
Para la realización del trámite de Devolución de cuotas ante el ICTSGEM, se deberá presentar toda la documentación solicitada y las copias deberán ser legibles. Los originales de identificación oficial, acta de defunción, acta de nacimiento del menor, estado de cuenta, hoja de servicio y aceptación y protesta del cargo como tutor del menor de edad, son únicamente para cotejo.

El Instituto podrá solicitar LA HOJA DE SERVICIO (original y copia) en caso de homónimos o para aclaración de algún periodo cotizado.

En caso de que el afiliado fallecido no haya designado beneficiarios ante el Instituto, tendrán derecho a la devolución inmediata de las cuotas él o los interesados, que presenten COPIA CERTIFICADA DE LA DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS EMITIDA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, en original y copia para el cotejo.

“NO se requiere el acta de nacimiento actualizada o cotejada, siempre y cuando dicho documento sea legible”.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      El trámite se inicia el mismo día, una vez presentados los requisitos completos y concluye en un plazo no mayor a 20 días hábiles.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Ley del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos, artículos 26, 27, 30, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 51. Estatuto Orgánico del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos, artículos 23 y 24 inciso XIV. Lineamientos para el otorgamiento de créditos.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Comisario Publico del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos D. Morrow #20 Col. Centro, Cuernavaca Morelos. C.P. 62000 Tel. (777) 312 11 70 Ext. 1407 Correo electrónico: ictsgem.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.