Nombre del trámite o servicio: Dictamen de Rectificación de nombre y/o apellido
Clave: IEBEM/DJ/07
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos
Nueva China Núm. S/N, Col. Lomas de Cortés, C.P. 62240, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Conmutador (777) 3 17 16 88, 3 17 16 87 y 3 17 07 67
Correo electrónico: direccion.general@iebem.edu.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Jefe de Departamento de Derechos Humanos, Normatividad y Procesos Teléfonos: 777 317 16 88 ext. 110
Correo electrónico: sergio.villegas@iebem.edu.mx  
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra..
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? El trámite lo puede presentar el padre, madre, tutor o el propio interesado si es mayor de edad y/o mediante apoderado con carta poder otorgada por alguno de los representantes legales del menor o por el interesado si es mayor de edad, adjuntando copia de las identificaciones de los participantes, cuando exista una variación en el nombre y/o apellido de una persona que haya cursado o se encuentre cursando estudios de educación básica en este Instituto, con la finalidad de rectificarlos y adecuar sus documentos y registros escolares a la realidad jurídica del interesado/ interesada.  
Medio de presentación del trámite o servicio. Mediante oficio de petición dirigido a la persona Titular de la Dirección Jurídica del Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos.

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a Viernes De 8:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 15 días hábiles.
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Oficio de petición dirigido a la persona Titular de la Dirección Jurídica del IEBEM. 1 1
2 Acta de Nacimiento o inscripción (según sea el caso) actual expedida por el Oficial, Coordinador y/o Director del Registro Civil, la cual pude ser impresa de la plataforma nacional. 1 1
3 Acta de nacimiento anterior expedida por el Oficial, Coordinador y/o Director del Registro Civil, la cual pude ser impresa de la plataforma nacional. 1 1
4 Identificación oficial con fotografía del interesado, solicitante, madre, padre, tutor o apoderado legal: Credencial de elector, pasaporte o cedula profesional con fotografía. 1 1
5 Boleta y/o certificado del último grado escolar del beneficiario y/o de los grados escolares a rectificar: preescolar, primaria y/o secundaria. 1 1
6 Clave Única de Registro de Población anterior (si fuera el caso) y/o actual. 1 1
7 Carta Poder (si es el caso) con copia de las identificaciones oficiales de los participantes 1 1
8 Acta de reconocimiento o admisión de hijos (si es el caso). 1 1
9 En caso de que la corrección derive de un juicio (adopción, reconocimiento o desconocimiento de paternidad, nulidad de acta, etc): Copia del oficio dirigido al oficial del registro civil mediante el cual se informa de la resolución y se solicita se realicen las acciones correspondientes. En caso de que el cambio derive de procedimiento administrativo: copia de la resolución administrativa. 1 1
10 Para el caso de extranjeros: Acta de nacimiento extranjera N/A 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Sin costo


Observaciones Adicionales:
Los documentos originales se solicitan únicamente para cotejo. El dictamen es una autorización para la procedencia del cambio de nombre y/o apellido emitido por la Dirección Jurídica. Al Departamento de Control Escolar, adscrito a la Subdirección de Acreditación, Incorporación, Revalidación y Evaluación dependiente de la Dirección de Planeación Educativa, corresponde la rectificación de los documentos escolares (boletas y/o certificados) previo el trámite correspondiente y de la rectificación del Módulo Integral de Control Escolar para Educación Básica (MICEEB) en Coordinación con los Directores y Supervisores de los planteles educativos donde se encuentren estudiando los alumnos de los que se solicite el trámite (si al momento de la emisión del dictamen se encuentra inscrito en algún plantel educativo) para lo cual, el solicitante, deberá entregar copia del dictamen a la Institución Educativa en la que se encuentre inscrito. - NO se requiere actualizar las actas de nacimiento, siempre que dicho documento sea legible y la información en ella plasmada sea correcta y no cuente con algún error de forma o fondo.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      La persona de la que se solicite el dictamen, debe contar con un sólo CURP en la plataforma RENAPO, de contar con más, deberá realizar la baja y posteriormente solicitar el trámite.
La persona de la que se solicite la corrección de sus antecedentes escolares, solo debe contar con UN acta vigente
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 44 Fracción XI del Estatuto Orgánico del Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos.
Artículo 67 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Comisario Público en el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos. Nueva China S/N Col. Lomas de Cortés C.P. 62240 Cuernavaca, Morelos. Teléfono (777) 3 17 81 24. Correo electrónico: comisaria@iebem.edu.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.