Nombre del trámite o servicio: Pago del Refrendo de Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. (Educación normal).
Clave: IEBEM/DPE/RE/02
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos
Nueva China Núm. S/N, Col. Lomas de Cortés, C.P. 62240, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Conmutador (777) 3 17 16 88, 3 17 16 87 y 3 17 07 67
Correo electrónico: direccion.general@iebem.edu.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Unidad administrativa: Dirección de Planeación Educativa Responsable del Trámite o Servicio: Subdirección de Acreditación, Incorporación, Revalidación y Evaluación. Teléfonos: 777 317 16 88 ext. 116 y 777 311 95 62
Correo electrónico: subdireccion.evaluacion@iebem.edu.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Solamente en la antes mencionada
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Todo personal responsable de cada escuela particular.
Medio de presentación del trámite o servicio. Presencial, por escrito libre en hoja membretada de la escuela.

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes Horario de atención: 8:00 a 15:00 hrs. Horario de Caja 8:30 a 13:30 hrs. (Por corte de Caja).
¿Plazo máximo de resolución? 30 días naturales, a partir de que haya iniciado el ciclo escolar.
Vigencia Un año / Ciclo Escolar
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Solicitud de refrendo con Visto Bueno del Departamento de Normales del IEBEM 1
2 Visto Bueno de Protección Civil Actualizado. 1
3 Recibo de Pago. 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Pago por Refrendo: $977.13 (9 UMA)



* * Caja IEBEM 1er. Piso Dirección de Administración
Observaciones Adicionales:
El periodo para entrega de solicitudes de refrendo, será durante los meses de mayo, junio y julio del ciclo escolar previo con la anuencia del Departamento de Normales del IEBEM, de conformidad al artículo 149, fracción VIII de la Ley General de Educación.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Si la persona solicitante reúne todos los requisitos y la supervisión escolar da la anuencia para el servicio educativo solicitado, se otorga el Refrendo.
Si no reúne todos los requisitos o la supervisión escolar no da su anuencia para el servicio educativo solicitado, no se podrá otorgar el Refrendo al ser necesario verificar el cumplimiento de las bases generales y específicas de autorización para salvaguarda del interés superior del menor.
El trámite es por derecho de autorización identificado por Clave de Centro de Trabajo.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Ley General de Educación Artículo 149, fracción VIII. Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4472 de fecha 05 de julio de 2006, Artículo 99 Bis-1, Fracción XXVII. Actualización valor UMA, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 10 de enero de 2024.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Comisario Público en el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos. Nueva China S/N, Col. Lomas de Cortés C.P. 62240 Cuernavaca, Morelos. Teléfono (777) 3 17 81 24. Correo electrónico: comisaria@iebem.edu.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.