Nombre del trámite o servicio: Constancia de Inexistencia de Registro
Clave: ISRyC/DC-DI/103
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección de Certificaciones.
Responsable: 
Director de Certificaciones.
Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor.

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? El titular o apoderado legal del bien inmueble, cuando carece de antecedentes registrales.
Medio de presentación del trámite o servicio. Por formato llamado “solicitud de trámite de certificaciones” que es proporcionada en el área de informes o que se puede bajar de la siguiente dirección electrónica: http://isryc.morelos.gob.mx/formatos-para-tramites


Horario de Atención a la ciudadanía Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
¿Plazo máximo de resolución? 15 días hábiles después de la visita de inspección
Vigencia No tiene vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
Titular o apoderado legal:
1 Consulta de datos 1 1
2 Formato de solicitud (se proporciona en el Instituto) https://isryc.morelos.gob.mx/sites/isryc.morelos.gob.mx/files/files/FormatosEjemplo/solicitud_tramite_constancia_inexistencia_registrro.pdf https://isryc.morelos.gob.mx/sites/isryc.morelos.gob.mx/files/files/FormatosEjemplo/requisitos_constancia_inexistencia_registro.pdf 1 1
3 Documento que acredite la propiedad del inmueble. (Ratificado) 1 1
4 Pago de impuesto predial actualizado 1 1
5 Plano catastral actualizado 1 1
6 Informe del RAN (Registro Agrario Nacional) actualizado 1 1
7 Informe de INSUS (Instituto Nacional del Suelo Sustentable) actualizado 1 1
8 Informe de la Comisión Nacional del Agua (sólo cuando el inmueble colinde con barranca, río o canal) actualizado 1 1
9 Identificación oficial vigente del titular o carta poder con copia de las identificaciones 1 1
10 Pago de derechos 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
De acuerdo al artículo 77, Fracción XI, Inciso “C” de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

•Por el Certificado de Inexistencia: $1,249.00 que equivale a 11.50 UMAS

De acuerdo al artículo 77, Fracción XX de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

•Por Verificación en Campo de un Inmueble: $651.00 que equivale a 6.00 UMAS

El valor del UMA es de $108.57


* El pago se realiza en: • Sucursales Telecomm Telégrafos, lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 14:30 hrs. • Cheque Certificado a nombre de: Gobierno del Estado de Morelos/Recaudación. Depósitos en los siguientes bancos: • BANCOMER: 753653 • CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 Transferencia Electrónica: • BBVA BANCOMER CLABE-INTERBANCARIA: 012914002007536536 • BBVA BANCOMER CIE: 753653 http://www.hacienda.morelos.gob.mx (reimprimir recibo digital)
Observaciones Adicionales:
Por la calificación de todo documento que se devuelva sin que se preste el servicio solicitado por omisión de requisitos, impedimento legal, por contener datos incorrectos o a petición del interesado, se causará lo estipulado en el art. 77 fracc. I de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      El plazo máximo de resolución es de 3 días hábiles después de la visita.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 77 fracción XI inciso c) y XX y 78 fracción V de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos
Artículo 80 fracción III de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículos 55 y 81, fracción III del Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.