Nombre del trámite o servicio: Inscripción de embargo (I18)
Clave: ISRyC/DJ/77
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección Jurídica Responsable: Director Jurídico Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Las autoridades jurisdiccionales y/o administrativas podrán presentar ante el Instituto, los oficios instructores, cuando así sea ordenado.
Medio de presentación del trámite o servicio. Oficio instructor expedido por la autoridad jurisdiccional y/o administrativa que corresponda y actas de embargo, debiendo precisar los datos registrales de la propiedad sujeta a embargar.

Horario de Atención a la ciudadanía Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
¿Plazo máximo de resolución? 4 días hábiles.
Vigencia No tiene Vigencia.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Orden de la Autoridad respectiva. 2
2 Acta de embargo. 2 1
3 Pago de derechos 2
4 Copia de identificación de trabajo del actuario 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
De acuerdo al artículo 77 Fracción XXI de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

$3,094.00 que equivale a 28.50 UMAS

El valor del UMA es de $108.57


* El pago se realiza en: • Sucursales Telecomm Telégrafos, lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 14:30 hrs. • Cheque Certificado a nombre de: Gobierno del Estado de Morelos/Recaudación. Depósitos en los siguientes bancos: • BANCOMER: 753653 • CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 Transferencia Electrónica: • BBVA BANCOMER CLABE-INTERBANCARIA: 012914002007536536 • BBVA BANCOMER CIE: 753653 http://www.hacienda.morelos.gob.mx (reimprimir recibo digital)
Observaciones Adicionales:
El juego de copias del acta de embargo deberá estar certificadas por autoridad competente.

En caso de realizar su pago en línea, deberá de imprimir el recibo de pago (Comprobante Fiscal Digital) correspondiente y presentarlo al momento de solicitar su trámite en las oficinas.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      El plazo máximo de resolución es de 4 días hábiles, aunque el plazo puede variar de acuerdo a la instrucción que gire la autoridad.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 76 y 77, fracción XXI, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
Artículo 1, 57, 58, 59 y 69 fracción II, de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículo 20, fracción I, Artículo 24, fracción I y XII, Artículo 36, fracción I, II, III, 55, 74, 75 y 76 del Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Art. 17 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Morelos
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.