Nombre del trámite o servicio: Cancelación de gravamen por oficio de autoridad (Hipotecas, crédito de habilitación o avío, refaccionario) (I21)
Clave: ISRyC/DJ/DJ2
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección Jurídica.
Responsable: Director Jurídico.
Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor. 
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Las autoridades jurisdiccionales y/o administrativas.
Medio de presentación del trámite o servicio. Oficio instructor expedido por la autoridad jurisdiccional y/o administrativa o escritura pública, debiendo precisar los datos registrales de la propiedad sujeta a la cancelación.

Horario de Atención a la ciudadanía Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
¿Plazo máximo de resolución? 4 días hábiles.
Vigencia No tiene Vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Oficio instructor de autoridad / escritura otorgada por la que se hayan cobrado los créditos 2 1
2 Pago de derechos 2
3 Copia de identificación de trabajo del actuario en caso de ser del 1er. Distrito. Distritos foráneos anexar identificación oficial vigente de la parte actora. 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
De acuerdo al artículo 77 Fracción XIV y 78 Fracción III (En caso de escrituras de fedatarios domiciliados fuera del Estado de Morelos) de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

$977.00 que equivale a 9.00 UMAS.

El valor del UMA es de $108.57


* El pago se realiza en: • Sucursales Telecomm Telégrafos, lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 14:30 hrs. • Cheque Certificado a nombre de: Gobierno del Estado de Morelos/Recaudación. Depósitos en los siguientes bancos: • BANCOMER: 753653 • CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 Transferencia Electrónica: • BBVA BANCOMER CLABE-INTERBANCARIA: 012914002007536536 • BBVA BANCOMER CIE: 753653 http://www.hacienda.morelos.gob.mx (reimprimir recibo digital)
Observaciones Adicionales:
En caso de realizar su pago en línea, deberá de imprimir el recibo de pago (Comprobante Fiscal Digital) correspondiente y presentarlo al momento de solicitar su trámite en las oficinas.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      El tiempo máximo de resolución es de 4 días hábiles.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 76 y 77, Fracción XIV, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
Artículo 1, 63, 64 y 67 fracción I, de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículo 55, 74 y 76 del Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículo 17 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.