Nombre del trámite o servicio: Inscripción de Depósito de firmas (M7)
Clave: ISRyC/DR/07
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección de Registro.
Responsable:Director de Registro, Registradores y Analistas.
Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Fedatarios.
Medio de presentación del trámite o servicio. Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.


Horario de Atención a la ciudadanía Atención al público: 8:30 a.m. a 14:30 p.m. Entrega de Documentos: 8:30 a.m. a 16:00 p.m
¿Plazo máximo de resolución? Quince días hábiles.
Vigencia No tiene Vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escritura pública o póliza. 1 1
2 Solicitud de comercio, forma precodificada de la Secretaría de Economía y medio magnético en el que conste la escritura en formato Word. 1 1
3 Copia del INE del representante legal 0 1
4 Pago de derechos en original. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
No causa


* No aplica
Observaciones Adicionales:
La copia del requisito 1 deberá de estar certificada. Del requisito 2, el original es proporcionado por el fedatario o corredor público.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Cumplir con los requisitos establecidos y pasar por una calificación registral.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 18 y 19 del Código de Comercio,
Artículo 2 del Reglamento del Registro Público de comercio,
Artículo 66 fracción II de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículo 20 fracción II y Artículos 52 y 55 del Reglamento de la Ley del Registro público de la Propiedad y del Comercio del estado de Morelos
Art. 5 fracción I del Código Fiscal para el Estado de Morelos
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.