Nombre del trámite o servicio: Inscripción de segundo aviso preventivo (I33)
Clave: ISRyC/DR/39
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Área correspondiente: Dirección de Registro.
Responsable: Director de Registro.
Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor. Tel: 01(777) 314-47-86
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Notario público; cuando se tenga que dar aviso preventivo acerca de la operación de que se trate al Registro Público de la Propiedad.
Medio de presentación del trámite o servicio. Solicitud expedida por parte de Notario Público.

Horario de Atención a la ciudadanía Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
¿Plazo máximo de resolución? 15 a 20 días hábiles
Vigencia 3 días hábiles siguientes, o 365 días naturales (Art. 34 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos).
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Solicitud de Aviso Preventivo (Art. 34 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos). 2 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
NO APLICA


* No aplica.
Observaciones Adicionales:
Este trámite es realizado únicamente por fedatarios públicos y en su requisito se piden 2 originales debido a que uno es para el usuario y otro para resguardo de este Instituto, para realizar trámites subsecuentes derivados del acto jurídico que se solicitó.
Para solicitar la inscripción del segundo aviso preventivo, deberá estar inscrito en el folio el primer aviso preventivo.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Cumplir con los requisitos establecidos y pasar por una calificación registral
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Art. 34 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Art. 55 del Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.