Nombre del trámite o servicio: Inscripción de fusión de predios (I10)
Clave: ISRyC/DR/50
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Dirección de Registro
Responsable: Director de Registro, Registradores
Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Notarios públicos y ciudadanos con interés legitimo en la inscripción y/o representante o apoderado legal
Medio de presentación del trámite o servicio. Por formato llamado “solicitud de inscripción de propiedad” que es proporcionada en el área de informes de este Instituto o que se puede bajar de la siguiente dirección electrónica: http://isryc.morelos.gob.mx/formatos-para-tramites. Solamente podrán solicitar el trámite, las personas que tengan interés jurídico en los actos a inscribir.


Horario de Atención a la ciudadanía Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
¿Plazo máximo de resolución? Diez días hábiles
Vigencia No tiene Vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escritura pública del Estado de Morelos. 1 1
2 Solicitud de propiedad. 1 1
3 Certificado de libertad o de gravamen con aviso preventivo. 1 1
4 Segundo aviso preventivo. 1 1
5 Oficio de autorización de la Dirección de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales 1 1
6 Plano autorizado en original y copia certificada por notario público. 1 1
7 Pago de derechos. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
$977.00 por cada lote o fracción que equivale a 9.00 UMAS

De acuerdo al artículo 77 fracción I y V inciso a) de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

El valor del UMA es de $108.57


* El pago se realiza en: • Sucursales Telecomm Telégrafos, lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 14:30 hrs. • Cheque Certificado a nombre de: Gobierno del Estado de Morelos/Recaudación. Depósitos en los siguientes bancos: • BANCOMER: 753653 • CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 Transferencia Electrónica: • BBVA BANCOMER CLABE-INTERBANCARIA: 012914002007536536 • BBVA BANCOMER CIE: 753653 http://www.hacienda.morelos.gob.mx (reimprimir recibo digital)
Observaciones Adicionales:
La copia de la escritura pública deberá ser certificada.
Los requisitos se presentan por duplicado y deberán venir sellados y rubricados por notario público.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Cumplir con los requisitos establecidos y pasar por una calificación registral.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 28, artículo 67, fracción I de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículo 15, fracción V, Artículo 31 y 55 del Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos.
Art. 149 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos.
Arts. 77 Fracción I, V, inciso a) de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.