Nombre del trámite o servicio: Donación de planta
Clave: SDS/DGGA/40C
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Gestión Ambiental Responsable del trámite o servicio: Director General de Gestión Ambiental.                                                          Bajada Chapultepec número 25, colonia Chapultepec, en Cuernavaca, Morelos. C.P. 62450. Tel. (777) 3175600 extensión 108 Correo electrónico: mejoramiento ecosistemico@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Toda persona física o moral que requiera árboles para realizar actividades de reforestación en áreas naturales que cuente con la anuencia de los dueños y poseedores, forestación para establecer cercos vivos que acredite la posesión legal de predio y para arborizar espacios públicos en el estado de Morelos; que no cuente con apoyos por el mismo concepto otorgado por una dependencia Federal, Estatal o Municipal.
Medio de presentación del trámite o servicio. Mediante el Formato de Solicitud Propuesta de Reforestación (FO-DGGA-DME-01) que se encuentra en la página de Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (CEMER) o en la página de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. Procedimiento: Llenar en su totalidad el formato FO-DGGA-DME-01 y entregarlo en la ventanilla única de trámites y servicios ubicada en Bajada Chapultepec número 27, colonia Chapultepec, en Cuernavaca, Morelos, C.P. 62450. 

Abrir archivo adjunto:   
Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 8:00 a las 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 10 días hábiles.
Vigencia 30 días naturales.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación Oficial 1
2 Entregar debidamente requisitado el formato de la Propuesta de Reforestación FO-DGGA-DME-01, mismo que deberá estar rubricado en todas sus fojas y firmado por el promovente. 1 1
3 a) Para la modalidad de reforestación en terrenos forestales Presentar la anuencia por escrito de los propietarios, dueños y/o poseedores para realizar la reforestación en terrenos forestales, preferentemente forestales (acta de asamblea o un escrito del comisariado, escrituras o cualquier otro documento legal donde se haga constar tal hecho). o b) Para la forestación de cercos vivos en terrenos agrícolas y/o pecuarios Constancia de posesión o certificado parcelario por ambos lados. o c) Para la arborización en centros urbanos Documental pública y/o privada que acredite el o los permisos de una forestación en espacios públicos (parques, avenidas, campos deportivos, escuelas públicas, privadas o ambas, etc.) emitida por el área competente resguardante del inmueble o espacio público, federal, estatal o municipal, según sea el caso. 1
4 Croquis de localización de cada uno de los predio donde se llevará a cabo la plantación con suficientes referencias del entorno (nombres de calles y edificaciones relevantes), en formato Google Earth o Google Maps de forma impresa o digital, indicando las coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM) de cada uno de los vértices que forman el perímetro del predio de interés. 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
No aplica.


Observaciones Adicionales:

1. En caso de ser necesario, el personal operativo de la Dirección General de Gestión Ambiental realizará una visita técnica al sitio propuesto a reforestar.
2. Una vez realizado el trámite y cumplido con todos los requisitos la Dirección General de Gestión Ambiental evaluará la propuesta de reforestación, en caso de ser viable se le notificará por escrito y adjunto se entregará el Formato de Entrega de Planta FO-DGGA-DME-03, que contiene el nombre de las especies y la cantidad de árboles autorizados, con este formato el beneficiario deberá presentarse en el vivero indicado para recoger los árboles de lunes a viernes en un horario de 7:00 a 13:00 horas.
3. En caso de no ser procedente la Propuesta de Reforestación se le notificará al solicitante mediante oficio.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      De ser necesario, se hará una visita al predio para verificar la distribución de la vegetación nativa.

NO SE ENTREGARÁN PLANTAS EN DONACIÓN DE LOS VIVEROS FORESTALES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE BAJO LOS SIGUIENTES CASOS:
1. Cuando se pretenda introducirlos en una zona que no sea su distribución natural.
2. Cuando el solicitante requiera la planta para dar cumplimiento a una condicionante en materia ambiental.
3. Para solventar una sanción de carácter, municipal, estatal o federal donde se haya solicitado realizar una reforestación o reposición de árboles.
El solicitante tenga un apoyo económico por el mismo concepto (la adquisición de planta) por alguna dependencia federal, estatal o municipal, tampoco se donan árboles para jardines de casa habitación.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo 1 fracción I,VII, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y ocho, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el cinco de junio del año dos mil dieciocho; Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos, artículos 2 fracción I, V y VII, 6 fracción III y 110, última reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 4022 el dieciséis de marzo de dos mil diecisiete; Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Artículos 3 fracción VIII, XXVIII, Artículo 13 fracción XIX, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el cinco de junio del año dos mil dieciocho; Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4573, de fecha cinco de diciembre del año dos mil siete, última reforma publicada en el Periódico Oficial el primero de marzo del dos mil diecisiete; Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable: Artículo 11 fracciones del XXXIII al XXXVIII publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5662, de fecha veintiocho de diciembre del dos mil dieciocho.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central de la Secretaría de la Contraloría; calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.