CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Se reciben solicitudes todo el año, sin embargo únicamente las ingresadas hasta el último día hábil de marzo tendrían posibilidad de iniciar su vigencia para el período escolar inmediato, que inicia en el mes de agosto. El tiempo de resolución es de 120 días hábiles contados a partir del ingreso de la solicitud completa, sin considerar plazos de subsanación, según se establece en el Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Morelos en Materia de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior Las resoluciones favorables tendrán validez a partir de su expedición, no es posible otorgar resoluciones retroactivas.
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FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
Artículos 1, 2, 14, 99 y 100 de la Ley de Educación del Estado de Morelos; 97 y 98 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; 1, 2 inciso B) numeral 10 de la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos, correspondiente al ejercicio fiscal del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil trece; 1, 3, 4, 6, 56, 57, 61, 62, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 75, 76, 79, 80, 81 y 82 del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Morelos en Materia de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior y 1, 3 fracción IV, 10 fracciones II, X, XIV, XXII, y XXVII, 12 fracciones III, VI y V, 14 fracciones IV, VII, IX, X, XII, XX y XXIV y 20 fracción I y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
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QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:
Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva número 11 colonia Centro Cuernavaca, Morelos C.P. 62000, teléfono 3292200, ext. 1959, horario de servicio de 8:00 a 17:00 hrs.
Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx
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