Nombre del trámite o servicio: Autorización de sinodal (por docente)
Clave: SE/DGEMSS/DR08/08
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Educación
Palacio de Gobierno, Segundo Piso Núm. s/n, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329-2370, 777 3292376, 777 3292300
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Educación Media Superior y Superior.
Subdirección de Investigación y Difusión de Desarrollo Integral.
Correo electrónico: jesus.barajas@morelos.gob.mx Tel. (777) 3119587
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Gestores autorizados por la persona titular de un acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de tipo superior, (RVOE), otorgado por la autoridad educativa estatal, cuando los estudiantes concluyen los programas autorizados
Medio de presentación del trámite o servicio. Impreso en los formatos específicos proporcionados y/o autorizados por la Autoridad Educativa.

Generar cita a través de la página https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/


Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 8:00 a 13:30 hrs (Debido al corte que se realiza de los trámites ingresados diarios).
¿Plazo máximo de resolución? 20 días hábiles.
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito libre 1 1
2 Curriculum Vitae del Docente (documentos probatorios y constancia que ampare la experiencia profesional y docente). 1 1
3 Comprobante de pago de derechos. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
Total $ 207.00 que equivale a 2.00 UMA
De acuerdo a las políticas internas de la Dirección General de Educación Media Superior y Superior, la vigencia del pago es de 60 días hábiles.


* En los centros de cobro autorizados en el Estado; TELECOMM TELÉGRAFOS, HSBC, Banorte, Banco Azteca, Módulos de Servicios Digitales (Kioscos) y a través de Internet: https://www.hacienda.morelos.gob.mx/
Observaciones Adicionales:
https://www.hacienda.morelos.gob.mx. En esta página se accesa, llenando los campos respectivos obtendrá la póliza de pago correspondiente. El importe del pago total ya incluye los adicionales (impuestos estatales).


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      La autorización versará de conformidad con el perfil del docente y hacia qué planes y programas de estudio se pretende registrar como sinodal, establecidos en el Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Morelos en Materia de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Tipo Superior.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículos 1, 2 y 18 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior;1, 2, 3 y 109 de la Ley de Educación del Estado de Morelos; Artículo 97 del Capítulo décimo de los Servicios prestados por Instituciones Educativas Privadas de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024;1, 3, 4, 103 y 111 fracción IX del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Morelos en Materia de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo y 1, 3, 4 fracción III, 9 fracciones II, X, XIV, XXII, XXVII y 11 fracciones IV, VII, IX, X, XII, XX y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Contraloría interna del Sector Educativo, calle Hidalgo No. 16, segundo piso, interior 204, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca Mor. Tel. 329 22 00.
contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.