Nombre del trámite o servicio: Inserción o reposición de Acta por pérdida, destrucción o deterioro
Clave: SG/DGRC/27
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Gobierno
Casa Morelos, Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Teléfono: (777) 329-22-00
Correo electrónico: uip.gobierno@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General del Registro Civil.  Encargado (a) de Trámites y Servicios
Calle: de la Luz # 88, Col. Chapultepec, C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos Tels. (01 777) 3-22-16-21 y 3-22-45-93 ext. 101
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En la Dirección General del Registro Civil.
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? El Oficial del Registro Civil de origen, el titular del acta,  quien legalmente lo represente mediante poder notarial o carta poder.   En caso de menores de edad cualquiera de los padres, quien tenga la custodia o la patria potestad.   Este trámite se hace cuando se pretende insertar o reponer registro en un libro que se haya perdido, destruido o deteriorado e imposibilite su expedición.
Medio de presentación del trámite o servicio. Mediante formato de Solicitud de inserción o reposición de Acta por pérdida, destrucción o deterioro, debidamente requisitado. 

También es por medio del correo electrónico oficial registrocivil@morelos.gob.mx.


Abrir archivo adjunto:   
Horario de Atención a la ciudadanía 8:30 hrs. a 15:00 hrs. de Lunes a Viernes. NOTA: Debiendo tener en cuenta los turnos dados para dicho trámite.
¿Plazo máximo de resolución? Hasta cinco días hábiles.
Vigencia No aplica
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de Solicitud de inserción o reposición de Acta por pérdida, destrucción o deterioro. 1 1
2 Identificación oficial del titular de acta o de alguno de los padres en caso de ser menor de edad. (Credencial de elector, Constancia de Residencia, Pasaporte, Cartilla de Servicio Militar, Licencia de conducir (https://cemer.morelos.gob.mx/?q=tramite&tramite=SMyT/DGTPPyP/001) o Cédula profesional (https://cemer.morelos.gob.mx/?q=tramite&tramite=SE/DFEP/54). 1 1
3 Copia certificada del acta del libro original o duplicado donde conste el acto y que no esté deteriorada. 1 0
4 Original de la inscripción del acto que se haya entregado al interesado al momento de su levantamiento; y/o Copia certificada del acto que se le hayan expedido con anterioridad. 1 0
5 Copias certificadas del libro de tres actas anteriores y tres posteriores a la que se pretende insertar. 1 0


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
No aplica


Observaciones Adicionales:
La Dirección General del Registro Civil podrá hacerse llegar de diversas pruebas a fin de tener la certeza de que procede la inserción o reposición solicitada. Una vez desahogadas las pruebas a través del área designada, si es el caso, se expedirá la autorización correspondiente por la Dirección General. Si en el lugar del acta que se pretende insertar, ya obrare otra con diverso titular; acreditada la procedencia, la Dirección General la autorizará con consecutivos 1 y 2 respectivamente, de conformidad a la fecha del registro; si ambas fueren de la misma fecha, el primero corresponderá a la que ya consta en el libro. No podrá insertarse ningún acta que altere la cronología del libro. Cuando se trate de inserción de Actas de Defunción se deberá acreditar el parentesco con el finado o interés jurídico.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      No aplica
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículos 425, 430 del Código Familiar del Estado Libre y Soberano de Morelos (publicado en el P.O. el 06 de septiembre del 2006); 22 fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos (publicada en el P.O. el 04 de septiembre del 2018); 4 fracción IX, 6 fracción II, 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno (publicada en el P.O. el 10 de enero del 2019); 53, 54 y 55 del Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos (publicado en el P.O. el 05 se septiembre del 2012).
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx, Asimismo en las oficinas de la Dirección General del Registro Civil existe un Buzón de quejas y denuncias instalado por el órgano de control interno antes mencionado.


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.