Nombre del trámite o servicio:
Clave:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos?
Medio de presentación del trámite o servicio.

Horario de Atención a la ciudadanía
¿Plazo máximo de resolución?
Vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica.


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación oficial vigente o pasaporte vigente o cédula profesional o cartilla militar. Si un documento de los requeridos acredita la mayoría de edad, Nacionalidad Mexicana, identidad del solicitante, no será necesario presentar documentos adicionales para solventarlo 1 1
2 Comprobante de domicilio del Estado de Morelos con una vigencia mínima de 60 días 1 1
3 Los extranjeros deben presentar documento oficial con el cual acrediten la legal estancia dentro del país (FM3, FM2) 1 1
4 Los extranjeros deben presentar: Pasaporte Vigente 1 1
5 Los extranjeros deben presentar: Documento que acredita su domicilio en el Estado de Morelos (recibo de agua, luz, teléfono o constancia de residencia) 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:


Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:     
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:     
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:     


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.