Nombre del trámite o servicio:
Clave:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos?
Medio de presentación del trámite o servicio.

Horario de Atención a la ciudadanía
¿Plazo máximo de resolución?
Vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica.


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Comprobante de pago 1 1
2 Placas, tarjeta de circulación y/o acta de extravió emitida por el juzgado cívico o acta especial emitida por la autoridad competente 1 1
3 Tarjetón de servicio público vigente 1 1
4 Identificación oficial con fotografía (credencial para votar vigente, Cartilla del servicio militar, Cédula profesional, Licencia de conducir del Estado de Morelos vigente, Documento migratorio que acredite su legal estancia en el país) 1 1
5 En caso de ser persona moral presentar cédula fiscal, acta constitutiva y poder notarial del representante legal. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:


* En los centros de cobro autorizados en el Estado, Telecomm, HSBC, Banorte, BBVA, Banamex, Banco Azteca, Elektra
Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:     
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:     
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:     


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.