Nombre del trámite o servicio: Pláticas Informativas de Orientación y Prevención para Escuelas
Clave: SP/DG/08
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Comisión Estatal de Seguridad Pública
Autopista Acapulco – México, Km. 102- 900 Núm. S/N, Col. Poblado de Acatlipa , Temixco, Mor.
Teléfono: (777) 101 10-00 ext. 15070 y 15072.
Correo electrónico: prensa.ssp.morelos@gmail.com
Web: http://www.cesmorelos.gob.mx/
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Área: Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana Dirección: Autopista Acapulco – México, Km. 102- 900 Núm. S/N, Col. Poblado de Acatlipa , Temixco, Mor. Correo electrónico: centroestatal.prevencion@morelos.gob.mx
Línea Telefónica Directa. (777)  3621323, Vía Conmutador (777) 101 1000, Ext. 14365
Ver ubicación:
RQ9J+GM Temixco, Morelos
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Oficina del Comisionado Estatal de Seguridad Pública, (Av. Temixco S/N, Palo Santo, 62765 Emiliano Zapata, Mor.)
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos? Directivos y maestros del Plantel Escolar y/o padres y madres de familia interesados en implementar medidas preventivas.
Medio de presentación del trámite o servicio. Solicitud por oficio, dirigido al Comisionado Estatal de Seguridad Pública y /o a la persona Titular de la Dirección General del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana; donde indique la solicitud para impartir platicas, cursos, capacitaciones y talleres en materia de prevención del delito. 

Horario de Atención a la ciudadanía La atención al público es de lunes a viernes en un horario de 08:00 a 17:00
¿Plazo máximo de resolución? De 2 a 3 días hábiles
Vigencia Un año
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Oficio dirigido al Comisionado Estatal de Seguridad Pública y/o a la persona Titular de la Dirección General del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana 1 1


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:
No aplica


* No aplica
Observaciones Adicionales:

Indispensable presentar datos de contacto para seguimiento.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Se debe contar la autorización del Director (a) del plantel a intervenir.
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Atribuciones del Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana, Articulo 4 del Decreto por el que se establece el Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana, en su última reforma con fecha 28-10-2020, del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, 5281segunda sección Art 4 Fracc. I.
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:      En caso de no dar una respuesta efectiva al trámite o servicio requerido, y/o dentro del tiempo estipulado por Ley, a quién puede recurrir el ciudadano. Contraloría Interna del Sector Central, tel. 01 777 101 1000 ext. 14070. Correo contraloria@morelos.gob.mx; Comisión Estatal de Seguridad Pública, Domicilio Acapulco -México kilómetro 102+900 del poblado de Acatlipa, Municipio de Temixco Morelos, C.P. 62586


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.