Nombre del trámite o servicio:
Clave:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
¿Quién puede presentar el trámite y en que casos?
Medio de presentación del trámite o servicio.

Horario de Atención a la ciudadanía
¿Plazo máximo de resolución?
Vigencia
Ante el silencio de la autoridad aplica.


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
El Registro extemporáneo de nacimiento es aquél que se realiza dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquel. Para llevar a cabo un registro de nacimiento extemporáneo hasta antes de cumplir los siete años de edad se requiere:
1 Solicitud de registro de nacimiento por escrito del menor a registrar; 1
2 Certificado de nacimiento expedida por médico con cédula profesional o institución pública del sector salud, o en su caso por partera registrada ante Secretaría de Salud con sello de la misma y firma correspondiente; 1
3 Copia certificada actualizada o cotejada del acta de matrimonio. El cotejo deberá ser del año 2003 a la fecha, en caso de que el acta sea de otro Estado deberá presentarse copia certificada actualizada de expedición reciente; 1 1
4 Identificación oficial de los padres; 1 1
5 Presentar dos testigos mayores de edad con identificación oficial.
6 Constancia de inexistencia de registro de nacimiento. 1 1
Una vez cumplidos los 7 años: Para registrarse, se requerirá autorización por escrito de la Dirección General del Registro Civil, para lo cual deberán presentar los siguientes requisitos:
1 Solicitud de registro de nacimiento por escrito de la persona a registrar; 1
2 Expediente de vida 1 1
3 Dos testigos con identificación oficial 1 1
Nota: El expediente de vida es la documental presentada ante la Dirección General del Registro Civil para comprobar que se ha ostentado jurídicamente como lo pretende acreditar.


Costo y forma de determinar el monto:
Área de pago:


Observaciones Adicionales:


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:     
Catálogo de Regulaciones:      https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:     
QUEJAS EN EL SERVICIO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA:     


NOTA IMPORTANTE:

* De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la presente información fue inscrita en el Registro Estatal de Trámites y Servicios, por ello ningún servidor público está facultado para exigir requisitos, documentos, información adicional o pagos distintos a los indicados en el presente formato. En caso contrario por favor repórtelo en la dirección y/o teléfonos indicados en el apartado de "Quejas" o bien a los correos electrónicos de CEMER, siendo estos: cemer@morelos.gob.mx o cemer.morelos@gmail.com

* De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos, la información contenida en el Registro es responsabilidad exclusiva de las Dependencias o Entidades que la presentan ante la Comisión.