Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Estudio, trámite y expedición del dictamen de factibilidad de obra hidráulica, de estudio o proyecto de obra hidráulica, incluyendo su inscripción en el Registro de Obras Hidráulicas a cargo de la Comisión Estatal del Agua.
Clave: CEA/DGAP/04
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Comisión Estatal del Agua
Avenida Plan de Ayala Plaza Cristal Núm. 825, Col. Teopanzolco, C.P. 62350, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 100 83 70
Correo electrónico: ceagua@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General Jurídica
Director General
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? “No aplica”
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? El representante legal, a través de las personas físicas o morales que vayan a ejecutar una obra, estudio o proyecto hidráulico en el estado de Morelos. 
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. La solicitud se realizara a través del formato de solicitud que puede ser obtenido en la página http://www.ceaguamorelos.gob.mx/tramites.html, formato que deberá ser requisitado conforme al servicio que solicite. El servicio puede ser solicitado también vía mail al correo ceagua@morelos.gob.mx


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Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes de 9:00am a 5:00pm, con la excepción de los días festivos. En virtud de que el pago se realiza vía institución bancaria, se estará a los días y horas hábiles Banco. Lunes a viernes de 9:00am a 5:00pm, con la excepción de los días festivos. En virtud de que el pago se realiza vía institución bancaria, se estará a los días y horas hábiles Banco
¿Plazo máximo de resolución? 15 días naturales contados a partir de la solicitud del servicio, en condiciones normales. Si existieran imponderables para el desarrollo de los trabajos, se conciliará con el usuario el tiempo de respuesta
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia 2 años a partir de la emisión.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
a. Por cada dictamen de factibilidad de obra hidráulica, deberá pagar a la Comisión Estatal del Agua, por concepto de derechos el 2% del monto total de la obra presentado para la obtención del respectivo dictamen. b. Por cada dictamen de factibilidad de estudio o proyecto de obra hidráulica, incluyendo su registro, deberán pagar por concepto de derechos el 2% del monto total estimado o contratado para la realización del estudio o proyecto.
* * El depósito o trasferencia se deberá de realizar a: Nombre: Comisión Estatal del Agua : BBVA BANCOMER, S.A. Cuenta: 0192463962 Clabe:0125540001924639622
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Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El solicitante deberá tomar en cuenta que dentro de las 24 horas siguientes al ingreso de la solicitud esta Comisión Estatal hará el cálculo correspondiente al monto por servicio, mismo que se informara al solicitante vía telefónica o por correo electrónico a fin de que dentro de las 24 horas siguientes al informe realice el depósito o transferencia correspondiente y entregue a esta Comisión el original del comprobante de depósito o transferencia


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
El plazo de resolución comenzará a surtir efectos a partir de la recepción del original del comprobante del depósito o transferencia.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 39 fracción XXXIII del Reglamento Interior de la Comisión Estatal del Agua, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5402 de fecha 2 de junio de 2016; Capítulo Séptimo BIS, de los Servicios en Materia de Agua y Saneamiento, artículo *93 BIS-1 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, última reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirigirse a la Comisaría Pública de la Comisión Estatal del Agua, ubicada en Avenida Plan de Ayala número 825, 4° nivel, Plaza Comercial “Grand Cristal”, Colonia Teopanzolco, C.P. 62335, Cuernavaca, Morelos. Teléfono 01 777 100 83 70 ext. 2212, correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx. Dirigirse a la Comisaría Pública de la Comisión Estatal del Agua, ubicada en Avenida Plan de Ayala número 825, 4° nivel, Plaza Comercial “Grand Cristal”, Colonia Teopanzolco, C.P. 62335, Cuernavaca, Morelos. Teléfono 01 777 100 83 70 ext. 2212, correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.