Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Escrituración de lotes de 150.01 hasta 300 m2
Clave: CERT/DG/04
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Comisión Estatal de Reservas Territoriales
Avenida Vicente Guerrero Núm. 1993, Col. San Cristóbal , Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 3 171848
Correo electrónico: direccion.operativa.cert@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General.
Director Operativo y de Estrategias Territoriales. Subdirector Jurídico y de Escrituración.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? “No aplica”
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? El beneficiario o apoderado legal, cuando se requiera iniciar el trámite de escrituración respecto algún inmueble que forme parte del patrimonio inmobiliario de los extintos INVIMOR o CAPROMOR.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Presencial previo, llenado de formato  (Se anexa formato)


Abrir archivo adjunto:    Descargar
Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 90 días hábiles, a partir del pago de los derechos correspondientes.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia “No aplica”.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación oficial con fotografía del peticionario vigente. 1 1
2 Acta de Nacimiento del beneficiario. 1 1
3 Constancia de liquidación (expedida por el extinto INVIMOR y/o CAPROMOR o Secretaría de Hacienda del Estado). 1 1
4 Plano catastral actualizado (no menor a 9 meses ) 1 1
5 Formato de Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISABI) actualizado. 1 1
6 Poder notarial para pleitos y cobranzas y actos de administración e identificación oficial en caso de ser una persona diversa al beneficiario 1 1
7 Contrato (Compraventa con Reserva de Dominio, Donación), Hoja verde y/o Información Testimonial de Dominio (Fraccionamiento Rubén Jaramillo). 1 1
8 Comprobante de pago por concepto de escrituración. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
$7,832.00 Que equivale a 75.50 UMA (Valor de UMA = 103.74) https://www.hacienda.morelos.gob.mx
* * ● BANORTE: 42124 ● HSBC: RAP (Clave de servicio) 2420 ● BANCOMER: 753653 ● CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01● BANCO AZTECA Y ELEKTRA ● SUCURSALES TELECOMM * TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS ● HSBC CUENTA SPEI-PIRE: 021180550300024203 ● HSBC: RAP 2420 ● CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
“ No se requiere acta de nacimiento actualizada, siempre que dicho documento sea legible”


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Que cumpla con los requisitos que se solicitan.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Decreto número Ciento Noventa y Uno que crea el Organismo Descentralizado denominado “Comisión Estatal de Reservas Territoriales” publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad 3730 de fecha 08 de febrero de 1995. Ley General de Hacienda del Estado de Morelos Articulo 114 SEXTUS. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad 5641 de fecha 04 de octubre de 2018; Artículos 1,6 y 8 del decreto por el cual se reforma de manera integral los lineamientos para la liquidación de los Organismos Públicos Descentralizados denominados Instituto de Vivienda del Estado de Morelos y Casa Propia para los Morelenses, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad 5457 de fecha 21 de diciembre del 2016.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisario Público en la C.E.R.T. Av. Vicente Guerrero número 1993 Col. San Cristóbal Tel. 317-18-48 311-67-07 ext. 108 Director de Contralorías Internas del Sector Central Domicilio: Calle Francisco Leyva número 11, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos Edificio “Mina” primer piso. Teléfonos 018008316772, 3292200 y 3292300 ext. 1902 y 1904 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Comisario Público en la C.E.R.T. Av. Vicente Guerrero número 1993 Col. San Cristóbal Tel. 317-18-48 311-67-07 ext. 108 Director de Contralorías Internas del Sector Central Domicilio: Calle Francisco Leyva número 11, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos Edificio “Mina” primer piso. Teléfonos 018008316772, 3292200 y 3292300 ext. 1902 y 1904 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.