Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Compilación Electrónica del Marco Jurídico Estatal Vigente.
Clave: CJ/DGL/01
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Consejería Jurídica
Cuautla Núm. 118, Col. Miraval, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 23 89 Ext. 1823
Web: http:/marcojuridico.morelos.gob.mx/
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. CONSEJERÍA JURÍDICA / DIRECCIÓN GENERAL DE LEGISLACIÓN Subdirección de Jurismática. Auxiliar Técnico Calle Cuautla No.118, Colonia Miraval, Cuernavaca, Morelos Tel. 329-23-89   Ext. 1823        
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? CONSEJERÍA JURÍDICA / DIRECCIÓN GENERAL DE LEGISLACIÓN  Auxiliar Técnico. Calle Cuautla No.118, Colonia Miraval, Cuernavaca, Morelos Tel. 329-23-89  Ext. 1823     
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Cualquier persona en el momento que se requiera la compilación de la  Legislación Vigente del Estado de Morelos.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Personal, por escrito o de manera electrónica.  Sólo es necesario presentarse en las oficinas de la Dirección con una USB con capacidad de 4GB o más, un DVD o enviar las solicitudes al correo electrónico
subdireccion.jurismatica@morelos.gob.mx

De igual forma la información vigente se encuentra en la página de internet.
http:/marcojuridico.morelos.gob.mx/


Horario de Atención a la ciudadanía El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 horas. La consulta de la información vigente por internet es permanente e ininterrumpida
¿Plazo máximo de resolución? Una hora cuando se acude de manera personal y 24 horas cuando es por escrito o por correo electrónico. La consulta por internet de la información vigente es inmediata
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 DVD ó USB (4GB o más)


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
No aplica.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 17, fracciones XIV y XV, del Reglamento Interior de la Consejería Jurídicas, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5650, de fecha 20 de noviembre de 2018.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Secretaría de la Contraloría. Tel. 3292200 ext. 1924 Correo Electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Secretaría de la Contraloría. Tel. 3292200 ext. 1924 Correo Electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.