Nombre del trámite o servicio: Autorización para operar como Centros de Asistencia Social de Niñas, Niños y Adolescentes sin cuidado parental o familiar
Clave: DIF/PPNNAF/12b |
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
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Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Morelos Las Quintas Núm. 15, Col. Cantarranas C.P. 62448, Cuernavaca, Mor. Teléfono: (777) 3-14-10-10 Ver ubicación
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Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
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Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de
Morelos
Procuraduría
de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia.
Dirección: Boulevard Adolfo
López Mateos No. 100, Esq. Dr. Gándara Col. El Vergel, Cuernavaca, Morelos
Teléfono: (777) 3156009,
ext. 470 y 481.
Correo electrónico:
procuraduría@difmorelos.com
Procuraduría de Protección
de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia.
Jefatura de la Unidad de Regulación de
Centros de Asistencia Social
Dirección: Boulevard Adolfo López
Mateos, número 100, esquina Dr. Gándara, Colonia el Vergel, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62400
Teléfono: (777) 315.60.09 ext. 488
Correo electrónico: regulacion.cas@difmorelos.com
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¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
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No aplica
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¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
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El o la responsable o representante legal del Centro de Asistencia Social
en aquellos casos que no se cuente con autorización o se tenga que renovar la
autorización para operar legalmente como centro de asistencia social. |
Medio de presentación del trámite o servicio.
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El o la Representante Legal del Centro Asistencial
deberá acudir personalmente a la
Unidad de Regulación de Centros de Asistencia Social, a efecto de llenar el
formato de solicitud.
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Horario de Atención a la ciudadanía
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Lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas. (Previa cita)
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¿Plazo máximo de resolución?
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30 días hábiles. Nota. El plazo correrá una vez se tengan admitida la solicitud y el Centro de Asistencia Social Acredite satisfactoriamente la visita de supervisión que realice la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia a través de la Unidad de Regulación de Centros de Asistencia Social. |
Vigencia
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2 años.
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Ante el silencio de la autoridad aplica.
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Negativa ficta
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Documentos que se requieren
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No.
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Original
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Copia
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Adjunto
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Escrito libre dirigido a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescente y la Familia, solicitando la autorización para operar como Centro de Asistencia Social de niñas, niños y adolescentes. |
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Formato de Solicitud para operar como Centro de Asistencia Social |
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Documento en el que se acredite la personalidad jurídica del responsable de la coordinación, dirección o representante legal del centro de asistencia social; en el caso de ser un centro asistencial público, será el documento que acredita el cargo como servidor/a público responsable de la coordinación o dirección del Centro de Asistencia Social |
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Identificación oficial vigente del representante legal del Centro de Asistencia Social y del responsable de la coordinación o dirección del centro de asistencia social. |
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Comprobante de domicilio (social) donde se encuentren las instalaciones del centro de asistencia social, con una antigüedad no mayor a tres meses. |
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Comprobante de domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a tres meses, así como del domicilio legal. |
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Documento que acredite la existencia legal del centro de asistencia social. |
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Licencia de uso de suelo para operar como centro de asistencia social o equivalente. |
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Documento con el Modelo de Atención basado en el enfoque de protección de derechos en el que se establezcan las fases de atención integral y multidisciplinaria que se brinda a las niñas, niños y adolescentes desde su ingreso hasta el egreso |
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En su caso, convenio de colaboración vigente que haya suscrito con alguna dependencia gubernamental federal o local |
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Documento que ampare la legal posesión del inmueble |
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Esquema del financiamiento para la operación del centro de asistencia social donde contemple un proyecto de presupuesto de ingresos y egresos estimado a un año y se precise cuánto espera percibir, ya sea por donaciones, cuotas de recuperación, o bien si es autosustentable |
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Organigrama del Centro de Asistencia Social |
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Relación de los servicios con los que cuenta el Centro de Asistencia Social |
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Plantilla del personal del centro de asistencia social, desagregando funciones y nivel académico:
1. Representante legal.
2. Responsables de la dirección o coordinación del centro de asistencia social.
3. Personal profesional y no profesional que labora bajo contrato debiendo precisar la actividad que realiza.
4. Personal de instituciones, organizaciones o dependencias que brindan apoyo.
5. Responsable del área médica.
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Dictamen o peritaje elaborado por autoridades de protección civil, en el que se acredite que las instalaciones del centro cubran las condiciones de seguridad necesarias para un adecuado funcionamiento |
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Programa Interno de Protección Civil vigente, actualizado y autorizado por la autoridad competente. |
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Reglamento Interno del Centro de Asistencia Social aprobado por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia. |
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Aviso de funcionamiento expedido por sector Salud. |
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Padrón de niñas, niños y adolescentes que se encuentran bajo el resguardo del centro de asistencia social al momento que presente la solicitud, en el que se precisará.
a. Edades.
b. Sexo.
c. Nacionalidad.
d. Discapacidad, en su caso.
e. Si son víctimas del delito.
f. Si recibe a niñas, niños o adolescentes migrantes.
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Relación de distribución de Niñas, niña y adolescente por habitación. |
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Relación de Niñas, niños y adolescentes que acuden a la escuela y su grado, así como los respectivos nombres de las escuelas. |
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Programa nutricional |
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En caso de contar con la Clave Única de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, conforme a lo previsto por la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. |
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CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Acreditar satisfactoriamente la visita de supervisión que realice la Unidad de Regulación de Centros de Asistencia Social o en su caso subsanar las recomendaciones efectuadas como resultado de la supervisión.
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FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
• Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, artículos 107 al 111 publicada en el Diario Oficial de la Federación, tomo DCXXXV No. 4, del 04 de diciembre del 2014. Ultima reforma el 10 de octubre del 2019.
• Ley de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes del estado de Morelos, artículo 90 publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5335, del 14 de octubre 2015, última reforma 11 de septiembre del 2019.
• Reglamento de la Ley de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes del estado de Morelos, artículos 37 publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5388, 09 de abril del 2016.
• Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, artículos 9, 31, 33, 34, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107 y 108 publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5099, del 26 de junio del 2013, última reforma de 01 de marzo del 2017.
• Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Morelos, publicado el 22 de abril de 2020, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, numero 5812
• Lineamientos para la autorización, registro, certificación y supervisión de los Centros de Asistencia Social de niñas, niños y adolescentes, artículos 6,7,8, 9, 10, 27 y 28, publicado en el Diario Oficial de la Federación , Tomo DCCLII No. 20 Ciudad de México, jueves 26 de mayo de 2016.
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QUEJAS EN EL SERVICIO:
Comisaría del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, Calle Adolfo López Mateos No 100 Col El Vergel, Cuernavaca, Morelos, C. P. 62400 (777) 315-60-09 Ext. 415 y 416. comisaria@difmorelos.com
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